20 may 1996
Classification is determined by the provisions of general rules 1 and 6 for the interpretation of the combined nomenclature nad the wording of CN codes 8708, 8708 93, 8708 93 10 (for the industrial assembly) and 8708 93 90. Documented CN 2026 code: 87089310, 87089390.
22. 5. 96 ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas N 0 L 122/ 1 I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) N0 902196 DE LA COMISIÓN de 20 de mayo de 1996 relativo a la clasificación de ciertas mercancías en la nomenclatura combinada LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, mercancías en la nomenclatura aduanera y que no sea conforme al derecho establecido por el presente Regla Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, mento, puede seguir siendo invocada por su titular, Visto el Reglamento (CEE) n0 2658/87 del Consejo, de 23 conforme a las disposiciones del apartado 6 del artículo de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y 12 del Reglamento (CEE) n° 2913/92 del Consejo, de 12 estadística y a las medidas relativas al Arancel Aduanero de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código adua Común ('), cuya última modificación la constituye el nero comunitario (3), durante un período de tres meses; Reglamento (CE) n0 586/96 de la Comisión (2), y, en Considerando que las medidas previstas en el presente particular, su artículo 9, Reglamento se ajustan al dictamen de la sección de la nomenclatura arancelaria y estadística del Comité del Considerando que, para asegurar la aplicación uniforme código aduanero, de la nomenclatura combinada anexa al Reglamento arriba citado, conviene adoptar disposiciones relativas a la HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: clasificación de las mercancías en el Anexo del presente Reglamento; Articulo 1 Considerando que el Reglamento (CEE) n0 2658/87 esta Las mercancías descritas en la columna 1 del cuadro que blece las reglas generales para la interpretación de la figura en el Anexo se clasificarán en la nomenclatura nomenclatura combinada; que estas reglas también se combinada en los códigos NC correspondientes que se aplican a cualquier otra nomenclatura que la incluya, bien indican en la columna 2 del mencionado cuadro. parcialmente, bien añadiendo subdivisiones y establecida Arttculo 2 mediante disposiciones comunitarias específicas, con objeto de aplicar medidas arancelarias o de otra índole en La información arancelaria vinculante facilitada por las el marco de los intercambios de mercancías; autoridades aduaneras de los Estados miembros que no sea conforme al derecho establecido por el presente Considerando que, por aplicación de dichas reglas gene Reglamento podrá seguir siendo invocada conforme a las rales, las mercancías que se describen en la columna 1 del disposiciones del apartado 6 del artículo 12 del Regla cuadro anexo al presente Reglamento deben clasificarse mento (CEE) n0 2913/92 durante un período de tres en los códigos NC correspondientes, que se indican en la meses. columna 2, en virtud de las motivaciones citadas en la columna 3; Arttculo 3 Considerando que es oportuno que la información aran El presente Reglamento entrara en vigor el vigesimo celaria vinculante facilitada por las autoridades aduaneras primer día siguiente al de su publicación en el Diario de los Estados miembros en materia de clasificación de Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 20 de mayo de 1 996. Por la Comisión Mario MONTI Miembro de la Comisión (') DO n0 L 256 de 7. 9. 1987, p. 1. (2) DO n0 L 84 de 3. 4. 1996, p. 18. P) DO n0 L 302 de 19. 10. 1992, p. 1. N0 L 122/2 I ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 22. 5. 96 ANEXO Clasificación Descripción Justificación (Código NC) (i) (2) (3) 1. Mecanismo de desembrague con una única posición de 8708 93 10 La clasificación está determinada por lo dispuesto en las fin de carrera para embragues de automóviles ligeros, o reglas generales 1 y 6 para la interpretación de la nomen compuesto por un manguito de guía de chapa de acero 8708 93 90 clatura combinada y por el texto de los códigos NC 8708, que incorpora un cojinete de empuje de bolas, 8708 93 y 8708 93 10 (para la industria del montaje) y montado en una caja de chapa de acero que puede 8708 93 90 tener un fleje amortiguador de acero, piezas de fijación elásticas o pernos de desembrague metálicos 2. Mecanismo de desembrague con una única posición de 8708 93 10 La clasificación está determinada por lo dispuesto en las fin de carrera para embragues de automóviles ligeros, o reglas generales 1 y 6 para la interpretación de la nomen compuesto por un manguito de guía o un casquillo de 8708 93 90 clatura combinada y por el texto de los códigos NC 8708, deslizamiento de aluminio o de hierro colado y un 8708 93 y 8708 93 10 (para la industria del montaje) y anillo de metal que incorpora un cojinete de empuje 8708 93 90 de bolas 3. Cortadora de césped compuesta esencialmente de las La clasificación está determinada por lo dispuesto en las siguientes partes, presentadas conjuntamente: reglas generales 1 y 6 para la interpretación de la nomen a) un pequeño tractor impulsado por un motor de 8701 90 11 clatura combinada, la nota 2 del capítulo 87 y por el texto hasta 18 kW provisto de un sistema hidráulico de los códigos NC 8701, 8701 90, 8701 90 11, 8433, 8433 19 y 8433 19 90 (toma de fuerza) al que pueden conectarse diversos accesorios; b) un mecanismo de corte en forma de equipo inter 8433 19 90 cambiable, diseñado para ser conectado a la toma de fuerza del tractor 4. Ferroaleación (ferrosilíceo) con un contenido en peso 7202 29 00 La clasificación está determinada por lo dispuesto en las aproximado de 40 % de hierro, 47 % de silicio, 5 % reglas generales 1 y 6 para la interpretación de la nomen de magnesio y 8 % de calcio, aluminio y metales de clatura combinada, la nota 1 c) y la nota de subpartida 2 las tierras raras del capítulo 72 y por el texto de los códigos NC 7202 y 7202 29 00 5. Aparato eléctrico que incluye en una misma envol 8517 21 00 La clasificación está determinada por lo dispuesto en las vente: reglas generales 1, 3c y 6 para la interpretación de la nomenclatura combinada, la nota 3 de la sección XVI a) un conjunto teléfono/contestador automático (gra [para el componente a)] y el texto de los códigos NC bador de cinta); 8517, 8517 21 y 8517 21 00. Ni el componente a) ni el y componente b) confieren al conjunto el carácter esencial b) un fax emisor/receptor equipado con una unidad de exploración (scaner) y con dispositivos de grabación y control de la transmisión (telecopia) de textos, imágenes y gráficos por la red telefónica. El teléfono/contestador y el fax no pueden utilizarse a la vezHaga una pregunta sobre este código o encuentre un experto en clasificación arancelaria.