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840790901080Motores de émbolo alternativo o rotativo, de encendido por chispa (motores de explosión), de cilindrada igual o superior a 300 cm³ y potencia igual o superior a 6 kW, pero inferior o igual a 20,0 kW, para la fabricación: - de cortadoras de césped de las subpartidas 8433 11, 8433 19 y 8433 20, - de tractores de las subpartidas 8701 91 90 y 8701 92 90 cuya función principal sea la de cortar el césped - de cortadoras con un motor de cuatro tiempos de una cilindrada igual o superior a 300 cm³ de la subpartida 8433 20 10 o - de quitanieves de la subpartida 8430 209%
840733201080Motores de émbolo alternativo o rotativo, de encendido por chispa (motores de explosión), de cilindrada igual o superior a 300 cm³ y potencia igual o superior a 6 kW, pero inferior o igual a 20,0 kW, para la fabricación: - de cortadoras de césped de las subpartidas 8433 11, 8433 19 y 8433 20, - de tractores de las subpartidas 8701 91 90 y 8701 92 90 cuya función principal sea la de cortar el césped - de cortadoras con un motor de cuatro tiempos de una cilindrada igual o superior a 300 cm³ de la subpartida 8433 20 10 o - de quitanieves de la subpartida 8430 209%
840790801080Motores de émbolo alternativo o rotativo, de encendido por chispa (motores de explosión), de cilindrada igual o superior a 300 cm³ y potencia igual o superior a 6 kW, pero inferior o igual a 20,0 kW, para la fabricación: - de cortadoras de césped de las subpartidas 8433 11, 8433 19 y 8433 20, - de tractores de las subpartidas 8701 91 90 y 8701 92 90 cuya función principal sea la de cortar el césped - de cortadoras con un motor de cuatro tiempos de una cilindrada igual o superior a 300 cm³ de la subpartida 8433 20 10 o - de quitanieves de la subpartida 8430 209%
840733801080Motores de émbolo alternativo o rotativo, de encendido por chispa (motores de explosión), de cilindrada igual o superior a 300 cm³ y potencia igual o superior a 6 kW, pero inferior o igual a 20,0 kW, para la fabricación: - de cortadoras de césped de las subpartidas 8433 11, 8433 19 y 8433 20, - de tractores de las subpartidas 8701 91 90 y 8701 92 90 cuya función principal sea la de cortar el césped - de cortadoras con un motor de cuatro tiempos de una cilindrada igual o superior a 300 cm³ de la subpartida 8433 20 10 o - de quitanieves de la subpartida 8430 209%
870895100080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870790100080Destinadas a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870899100080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870870100080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870892200080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870891200080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870829100080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida|8701|10, de los vehículos automóviles de la partida|8703, de los vehículos automóviles de la partida|8704|con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2|500|cm$3, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2|800|cm$3, de los vehículos automóviles de la partida|87058%
870600110010Chasis de tractores de la partida 8701; chasis de vehículos automóviles de las partidas 8702, 8703 y 8704, con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada superior a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada superior a 2 800 cm³8%
870822100080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida|8701|10, de los vehículos automóviles de la partida|8703, de los vehículos automóviles de la partida|8704|con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2|500|cm$3, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2|800|cm$3, de los vehículos automóviles de la partida|87058%
870840200080Destinadas a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870830100080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870893100080Destinados a la industria del montaje: de los motocultores de la subpartida 8701 10, de los vehículos automóviles de la partida 8703, de los vehículos automóviles de la partida 8704 con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de cilindrada inferior o igual a 2 500 cm³, o con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa, de cilindrada inferior o igual a 2 800 cm³, de los vehículos automóviles de la partida 87058%
870700000080Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas|8701|a 8705, incluidas las cabinas8%
870600190080Los demás8%
401699520010Para vehículos automóviles de las partidas|8701|a 87058%
870600110080De vehículos automóviles de la partida|8702|o de vehículos automóviles de la partida|87048%
ESBTIESBTI2024REN1738701921000

Vehículo de cuatro ruedas (denominado «vehículo todoterreno») con motor de émbolo (pistón) de encendido por compresión, potencia 28,88 kW y masa en vacío y en marcha inferior a 600 kg. El vehículo se identifica conforme a la legislación de la Unión Europea (reglamento (UE) 167/2013, cuya última modificación es el reglamento (UE) Nº 2018/830) por la autoridad competente en esa materia, como vehículo de la categoría T3b, es decir, tractor agrícola o forestal de ruedas, de motor, con dos ejes al menos y una velocidad máxima de fabricación igual o superior a 6 km/h, cuya función resida fundamentalmente en su potencia de tracción y que esté especialmente concebido para arrastrar, empujar, transportar y accionar determinados equipos intercambiables destinados a usos agrícolas o forestales, o arrastrar remolques agrícolas o forestales. (Directiva 2003/37/CE). El vehículo presenta las siguientes características: - un asiento único con cabida solo para el conductor, del tipo usado en motocicletas; - un sistema de dirección parecido al de un vehículo tradicional controlado por un manillar. - Velocidad máxima: 40 km/h.

ESBTIESBTI2024REN1748701921000

Vehículo de cuatro ruedas (denominado «vehículo todoterreno») con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa, potencia 22,38 kW y masa en vacío y en marcha inferior a 600 kg. El vehículo se identifica conforme a la legislación de la Unión Europea (reglamento (UE) 167/2013, cuya última modificación es el reglamento (UE) Nº 2018/830) por la autoridad competente en esa materia, como vehículo de la categoría T3b, es decir, tractor agrícola o forestal de ruedas, de motor, con dos ejes al menos y una velocidad máxima de fabricación igual o superior a 6 km/h, cuya función resida fundamentalmente en su potencia de tracción y que esté especialmente concebido para arrastrar, empujar, transportar y accionar determinados equipos intercambiables destinados a usos agrícolas o forestales, o arrastrar remolques agrícolas o forestales. (Directiva 2003/37/CE). El vehículo presenta las siguientes características: - un asiento único con cabida solo para el conductor, del tipo usado en motocicletas; - un sistema de dirección parecido al de un vehículo tradicional controlado por un manillar. - Velocidad máxima: 40 km/h.

ESBTIESBTI2024REN1758701911000

Vehículo de cuatro ruedas (denominado «vehículo todoterreno») con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa, potencia 16,3 kW y masa en vacío y en marcha inferior a 600 kg. El vehículo se identifica conforme a la legislación de la Unión Europea (reglamento (UE) 167/2013, cuya última modificación es el reglamento (UE) Nº 2018/830) por una autoridad competente en esa materia en la UE, como vehículo de la categoría T3b, es decir, tractor agrícola o forestal de ruedas, de motor, con dos ejes al menos y una velocidad máxima de fabricación igual o superior a 6 km/h, cuya función resida fundamentalmente en su potencia de tracción y que esté especialmente concebido para arrastrar, empujar, transportar y accionar determinados equipos intercambiables destinados a usos agrícolas o forestales, o arrastrar remolques agrícolas o forestales. (Directiva 2003/37/CE). El vehículo presenta las siguientes características: - un asiento único con cabida solo para el conductor, del tipo usado en motocicletas; - un sistema de dirección parecido al de un vehículo tradicional controlado por un manillar. - Velocidad máxima: 40 km/h.

ESBTIESBTI2020SOL8058701921000

Vehículo de cuatro ruedas (denominado «vehículo todoterreno») con motor de émbolo (pistón) de encendido por compresión, potencia 28,88 kW y masa en vacío y en marcha inferior a 600 kg. El vehículo se identifica conforme a la legislación de la Unión Europea (reglamento (UE) 167/2013, cuya última modificación es el reglamento (UE) Nº 2018/830) por la autoridad competente en esa materia, como vehículo de la categoría T3b, es decir, tractor agrícola o forestal de ruedas, de motor, con dos ejes al menos y una velocidad máxima de fabricación igual o superior a 6 km/h, cuya función resida fundamentalmente en su potencia de tracción y que esté especialmente concebido para arrastrar, empujar, transportar y accionar determinados equipos intercambiables destinados a usos agrícolas o forestales, o arrastrar remolques agrícolas o forestales. (Directiva 2003/37/CE). El vehículo presenta las siguientes características: - un asiento único con cabida solo para el conductor, del tipo usado en motocicletas; - un sistema de dirección parecido al de un vehículo tradicional controlado por un manillar. - Velocidad máxima: 40 km/h.

ESBTIESBTI2020SOL8068701921000

Vehículo de cuatro ruedas (denominado «vehículo todoterreno») con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa, potencia 22.38 kW y masa en vacío y en marcha inferior a 600 kg. El vehículo se identifica conforme a la legislación de la Unión Europea (reglamento (UE) 167/2013, cuya última modificación es el reglamento (UE) Nº 2018/830) por la autoridad competente en esa materia, como vehículo de la categoría T3b, es decir, tractor agrícola o forestal de ruedas, de motor, con dos ejes al menos y una velocidad máxima de fabricación igual o superior a 6 km/h, cuya función resida fundamentalmente en su potencia de tracción y que esté especialmente concebido para arrastrar, empujar, transportar y accionar determinados equipos intercambiables destinados a usos agrícolas o forestales, o arrastrar remolques agrícolas o forestales. (Directiva 2003/37/CE). El vehículo presenta las siguientes características: - un asiento único con cabida solo para el conductor, del tipo usado en motocicletas; - un sistema de dirección parecido al de un vehículo tradicional controlado por un manillar. - Velocidad máxima: 40 km/h.

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Nomenclatura TARIC

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IAV / BTI

1 000 000+ BTI