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DOJ: nueva política de detección voluntaria sobre control de exportaciones y sanciones (2026)
30 de marzo de 2026: El DOJ extiende la detección voluntaria a infracciones de control de exportaciones y sanciones.
Lo que debe saber
El 30 de marzo de 2026, la National Security Division (NSD) del Department of Justice (DOJ) confirmó que la política nacional de detección voluntaria (CEP) ahora abarca las infracciones en materia de controles a la exportación y de sanciones económicas. Cualquier empresa que detecte una posible infracción debe declararla directamente ante el NSD para considerar la posibilidad de beneficiarse de la no persecución penal.
Puntos clave
- Desde el 30 de marzo de 2026, la política CEP se aplica a todos los casos penalmente perseguidos bajo competencia del NSD, incluyendo AECA, ECRA e IEEPA.
- Base: DOJ CEP (10 de marzo de 2026), DOJ Office of Public Affairs (30 de marzo de 2026); textos de referencia: AECA, ECRA, IEEPA.
- La declaración voluntaria, la cooperación y la remediación rápida reducen significativamente la exposición a procesos penales y multas (hasta un 50% de reducción según las Sentencing Guidelines).
Contexto y desafíos
La profesión opera en un entorno penal reforzado desde la actualización de la política CEP del DOJ. El CEP prioriza la detección y la revelación voluntaria de infracciones que afectan la seguridad nacional, especialmente en materia de controles de exportaciones estratégicas (estatutos AECA, ECRA, IEEPA). Las infracciones declaradas y remediadas pueden derivar en una ausencia de persecución penal (declination of prosecution), o, en caso de circunstancias agravantes, en un acuerdo de no persecución penal (NPA) de duración limitada y sin supervisor de compliance externo. Este marco representa un cambio importante de enfoque: la renuncia a la persecución se convierte en la solución por defecto en caso de detección voluntaria, mientras que hasta ahora predominaban los NPA.
Impacto para la profesión
Los declarantes, agentes de carga, importadores, exportadores y responsables de compliance deben revisar de inmediato sus políticas internas de gestión de alertas e investigaciones internas relativas a controles de exportación y sanciones. Una detección eficaz, seguida de una declaración rápida, permite limitar considerablemente los riesgos de persecución, las multas (hasta un 50% de reducción) y la supervisión independiente. El sector debe incorporar este nuevo marco penal en sus procedimientos operativos estándar, y formar a los equipos en la comunicación de información al DOJ/NSD.
Próximos pasos
- Aplicación inmediata desde el 30 de marzo de 2026;
- Revisión de las herramientas de compliance y de detección por parte del sector;
- Coordinación con equipos legales para calificar las situaciones emergentes;
- Formalización de los procedimientos de declaración voluntaria directa ante el DOJ NSD (enlace: https://www.justice.gov/opa/pr/reporting-voluntary-self-disclosures-violations-national-security-laws-under-department-wide)
30 de marzo de 2026: el DOJ sitúa la declaración voluntaria en el centro de la gestión de las infracciones en materia de exportaciones y sanciones.
Fuente: U.S. Dep’t of Justice, Office of Public Affairs; Steptoe Trade & Sanctions (RSS)
Fuentes citadas
- Steptoe Trade & Sanctions - Steptoe Trade & Sanctions