Reglas generales 1 y 6.
Notas 2 a) y 3 de la sección XV. Nota 1 d) del capítulo 72.
Véanse las consideraciones generales de la sección XV, apartado C, PARTES, segundo párrafo.
Aunque estén destinadas estas tuercas a una construcción metálica de la partida 7308, presentadas aisladamente, no se consideran partes de dicha construcción, sino que siguen su propio régimen como tales tuercas de acero en la partida 7318, comprensiva de tales manufacturas, al considerarse esa categoría de productos como partes y accesorios de uso general, conforme a los señalado en la Nota 2 de la Sección XV.