Reglas generales 1, 3 b) y 6.
Notas 3 de la sección XV, y 1 d) del capítulo 72.
Véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales del capítulo 73 y nota de la partida 7306.
El uso al que está destinado el tubo no es inherente a sus características objetivas. El pelado de ambos extremos y el revestimiento con diferentes materias son operaciones previstas para los tubos de la partida 7306 conforme a lo señalado en las consideraciones generales del capítulo 73, de las notas explicativas del Sistema Armonizado, segundo párrafo, punto 1) Tubos, que señalan: “Pueden estar pulidos, revestidos, curvados (incluidos los serpentines), roscados, con manguitos acoplados o sin acoplar, con bridas, collarines o aros”.
Por lo tanto, el artículo descrito debe clasificarse en el código NC 7306 30 72 como tubo soldado de acero sin alear de sección circular y diámetro inferior a 168,3 mm, cincado, que no responde a lo señalado en las subpartidas 7306 11 10 a 7306 30 49.