RGI 1, y 6. Texto de los códigos de la NC 2106, 2106.90 y 2106.90.92.
NESA de la partida 2106, apartado 14): “Los productos constituidos por una mezcla de plantas o partes de plantas (incluidas las semillas o frutos) de especies diferentes o por plantas o partes de plantas (incluidas las semillas o frutos) de una o varias especies mezcladas con otras sustancias, así como uno o varios extractos de plantas, que no se consuman directamente sino que se utilizan para preparar infusiones o tisanas (por ejemplo, aquéllas que tienen propiedades laxantes, purgantes, diuréticas o carminativas), incluidos los productos que alivian ciertas dolencias o contribuyen a mantener el organismo en buen estado de salud”.
Véase los criterios de Clasificación de la OMA en la partida 2106 con referencia CO2106.90/18 para un producto constituido a base de una mezcla plantas y de partes de plantas para la preparación de tisanas o infusiones, así como los criterios CO2106.90/34 y CO2105.90/35 para hojas de plantas acondicionadas en bolsas para la preparación de infusiones. Véase igualmente el Reglamento Comunitario Ref. DO L-106/05, Reglamento 635/05 para infusiones acondicionadas para la venta al por menor
No procede su clasificación en la partida 0902 por no tratarse de té ni de té aromatizado.
Nota de exclusión de la partida 1211 del SA: Esta partida no comprende los productos de la especie consistentes en plantas o partes de plantas, semillas o frutos de diferentes especies (incluidas las plantas o partes de plantas clasificadas en otras partidas) o en plantas o partes de plantas de una o más especies mezcladas con otras sustancias (por ejemplo, uno o más extractos de plantas).