RGI 1 y 6. Texto de los códigos de la NC 0712, 0712.20 y 0712.20.00
Nota 3 del capítulo 7: 3. La partida 07.12 comprende todas las hortalizas secas de las especies clasificadas en las partidas 07.01 a 07.11
NESA del capítulo 7: Consideraciones generales:
NESA de la partida 0712: Esta partida comprende las hortalizas de las partidas 07.01 a 07.11 que han sido desecadas (…).
Corresponden también a esta partida las hortalizas secas, trituradas o pulverizadas, para utilizarlas, principalmente, en el sazonado de alimentos o en la preparación de sopas o potajes; este es el caso de los espárragos, coliflor, perejil, perifollo, apio, cebollas, ajos.
No procede la clasificación en la partida 0910 por ser la cebolla una hortaliza (partida 07.03) y no una especia.