RGI 1 y 6, y por el texto de los códigos NC 9503.00 y 9503.00.70. Código TARIC 9503.00.70.00.
Las Directrices de la UE (2013/C 105/01 de 11 abril de 2023) relativas a la clasificación en la nomenclatura combinada de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor establecen lo siguiente:
A efectos de esta Regla, por «mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor» se entenderá mercancías que:
a) estén constituidas por lo menos por dos artículos diferentes que, en principio, puedan clasificarse en partidas distintas;
b) estén constituidas por productos o artículos que se presente juntos para la satisfacción de una necesidad específica o el ejercicio de una actividad determinada; y
c) estén acondicionadas de modo que puedan venderse directamente a los utilizadores sin reacondicionar (por ejemplo, en cajas, cofres o panoplias).
El producto objeto de IAV cumple con las tres premisas necesarias para ser considerado surtido.
Nota 4 del Capítulo 95.
Véanse las NESA partida 9503 y la nota explicativa de NC de la subpartida 9503.00.70, que aclara lo que se entiende por juguetes presentados en juegos o surtidos o en panoplias