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Hola a todos,
Soy transitaria en Barcelona y desde enero estamos notando muchos cambios con el tema de la nueva nomenclatura combinada 2026, sobre todo para baterías de litio NMC y LFP que movemos bastante por el puerto, tanto en tráfico T1 como importación directa (mucho flujo desde Shenzhen y Mumbai, se disparó desde octubre). Justamente ahora estamos cargando Ens, y al subir datos al sistema con los códigos NC nuevos, nos salió rechazo en una declaración D. O sea, antes siempre iban como 8507 o 8541 dependiendo, pero ahora veo que hay subpartidas más específicas por composición, y ya no me cuadra con la RGI que usábamos hasta diciembre.
¿Alguien tiene claro con qué criterio se está aplicando la clasificación para NMC y LFP a efectos prácticos? Porque los despachos se están atascando en levante cuando el MRN no casa con la descripción del B/L y el código declarado, sobre todo en tránsito. Estamos cruzando datos del sistema pero la verdad es que tampoco hay demasiada info pública actualizada… Si alguien ha conseguido pasar sin incidencias o tiene un contacto claro de aduana que entienda los matices de estos productos ahora, agradecería orientación, aunque sea una guía básica para compartir con los equipos.
Gracias de antemano, cualquier ayuda o experiencia con las nuevas SA para baterías en 2026 viene bien. Saludos!