Reglas generales 1 y 6, y texto de los códigos: 6301,6301 40 y 6301 40 10.
La partida 63.01 comprende tanto las mantas de cuna, de coches de niño, etc., como las mantas de viaje, es decir aquellas piezas que sirven para abrigarse ocasionalmente las personas.
Se trata de un artículo textil que no responde al concepto de artículo de talabartería o guarnicionería para todos los animales de la partida 4201 puesto que no es una manta diseñada específicamente con una forma especial para animales como es el caso de las mantas para caballos o los abrigos para perros que tienen un diseño específico para que el animal meta las patas y el cuerpo.
La partida 6301 en su exclusión a) establece que no se clasifican las mantas de forma especial para animales en esta partida, clasificándolas en la partida 4201, pero han de ser especificas en cuanto a forma.
La manta objeto de estudio es una manta poliéster rectangular que puede ser utilizada para bebes, personas, manta de viaje, de coche…El hecho de que tenga huesos y huellas de perro pintadas no la hace ser una manta para mascotas.
Nota 1 del capítulo 54, Nota 1 del capítulo 63, Nota 8 a) de la sección XI, Nota 7d) del a sección XI.
Véanse las NESAS de la partida 6301, especialmente la exclusión a).