Reglas generales 1 y 6.
Notas 3 de la sección XV y 1 a) del capítulo 76.
La torsión del alambre, no confiere el carácter de cable al producto (no está sujeto a fuerte torsión), por lo que se excluye su clasificación de la partida 7614 como cables, trenzas y artículos similares, de aluminio, sin aislar para electricidad.
Cuando se trata de una sola varilla, la torsión del alambre, no le confiere el carácter de muelle (resorte) de la partida 7616, al carecer de la suficiente elasticidad para tal consideración.
A pesar de consistir en alambres que discurren de forma paralela con una ligera torsión (ondulación), se excluyen de la partida 7605, alambre de aluminio, al no estar enrollados. Véase la nota 1 c) del capítulo 76.
El hecho de estar ondulados (retorcidos ligeramente) no los excluye de la partida 7604, como barras y perfiles, de aluminio, conforme a lo señalado en la nota explicativa del SA de la partida 7604, en relación con la nota explicativa de la partida 7407, barras y perfiles, de cobre, que se aplica mutatis mutandis en el capítulo 76. Las barras y perfiles de la partida 7604 pueden estar también trabajados (perforados, retorcidos u ondulados).
Por tanto, el producto descrito se deberá clasificar como barra de aluminio sin alear, en el código NC 7604 10 10.