RGI 1, 5 (b) y 6, texto de los códigos NC 3919, 3919 10 ,3919 10 80.
Se clasifican en esta partida las placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de plástico, incluso en rollos. Se aplica la RGI 5 (b) por venir en un envase del tipo de los comercializados con el producto habitualmente.
Nota 1 del Capítulo 39.
Véase el criterio de clasificación de la Organización Mundial de Aduanas (Ref. CO 3919.10/1, año 1996) que clasifica en la subpartida 3919.10 unas tiras autoadhesivas de plástico celular, combinado con un fieltro monocolor de fibras textiles sintéticas aplicado en una cara de la tira y que solo sirve de soporte. Estas bandas están biseladas, cortadas en punta en las extremidades y provistas, del lado o cara textil, de una lámina adhesiva recubierta de un papel protector. Se usan para el revestimiento de los mangos de las raquetas de tenis, pero también sirve para mejorar el aspecto o presentación de los mangos de herramientas, los manillares de bicicletas.
Véanse las NESA de la partida 3919.
No procede su clasificación en la partida 9506 ya que no constituyen un equipo identificable para un deporte y, por tanto, se excluyen del ámbito de aplicación de la partida 9506.