RGI 1 y 6. Texto de los códigos de la NC 1517,1517.90 y 1517.90.99.
Consideraciones generales del capítulo 15, letra A: Este Capítulo comprende las grasas y aceites de origen animal o vegetal, en bruto, purificados, refinados o tratados de algún modo (por ejemplo, cocidos, sulfurados, hidrogenados).
NESA de la partida 1517 letra B) Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida 15.16, tales como los sucedáneos de la manteca de cerdo (llamados en algunos países tocino compuesto), margarina líquida, así como los productos llamados shortenings (obtenidos con aceite o grasa tratada por texturación).