Reglas generales 1 y 6.
Nota 3 del capítulo 24.
Véase la nota explicativa del SA de la partida 2404, primer párrafo, apartado A) - PRODUCTOS QUE CONTIENEN TABACO, TABACO RECONSTITUIDO, NICOTINA, O SUCEDÁNEOS DEL TABACO O DE LA NICOTINA, DESTINADOS A SER INHALADOS SIN COMBUSTIÓN, TAL COMO SE DEFINEN EN LA NOTA 3 DE ESTE CAPÍTULO.
La nota explicativa del SA de la partida 2404 recoge en su primer párrafo, apartado A), Esta partida comprende: Los cigarrillos electrónicos desechables (e-cigarrillos desechables) y dispositivos eléctricos personales desechables similares para vapear que incorporan el producto destinado a ser inhalado sin combustión (por ejemplo, e-líquido, geles) y el mecanismo de suministro en una carcasa integrada, que están diseñados para ser desechados una vez que el producto incorporado se agota o la batería se agota (no están diseñados para ser rellenados o recargados).