Reglas generales 1, 2 a) y 6. Texto de los códigos NC 6303, 6303.92, 6303.92.90.
La partida 6303 “comprende igualmente las telas de longitud indeterminada con un trabajo de confección suficientemente característico para que no haya duda de que se destinan a transformarlas en artículos terminados de esta partida y esto después de una mano de obra elemental, tal es el caso principalmente de las piezas de tela en las que uno de los bordes está adornado con un volante y que están manifiestamente diseñadas para transformarlas en cortinas terminadas por simple corte transversal en la longitud deseada y ribeteado”.
El articulo objeto de IAV está confeccionado, véase la Nota 7d) de la Sección XI que establece lo que se entiende por confeccionado concretamente el punto d) dice: “los artículos cuyos bordes hayan sido dobladillados o ribeteados por cualquier sistema o sujetados por medio de flecos anudados obtenidos con hilos del propio artículo o con hilos aplicados; sin embargo, no se considerará confeccionada la materia textil en pieza cuyos bordes desprovistos de orillos hayan sido simplemente sujetados”.
Este tejido dispone de dobladillo en uno de los bordes y de orillo verdadero en el borde opuesto, de tal forma que el tejido está preparado para únicamente cortar el ancho que se desee y transformarlo en una cortina de visillos.
Nota 1 del capítulo 63, Nota 7 d) de la Sección XI, Nota 8 a) de la Sección XI.
DO L 328/15. Reglamento de ejecución (UE) 2320/15.
Véase la nota explicativa SA de la partida 6303.