1 y 6 y texto de los códigos NC 8716, 8716 90, 8716 90 90.
Notas 2, b) y 3 de la Sección XVII, Nota 2 del capítulo 83.
Véanse las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías en los apartados siguientes:
Consideraciones Generales de la Sección XVII: apartados I (“ALCANCE GENERAL DE LA SECCIÓN), párrafos primero y tercero, y apartado III (“PARTES Y ACCESORIOS”).
Párrafos primero y sexto de las Consideraciones Generales del Capítulo 87.
Apartado correspondiente a las “PARTES” de la partida 8716, donde, en su punto 4), se citan expresamente “Las ruedas y sus partes, de madera o metal, incluidas las que lleven neumáticos”, como partes que deben quedar incluidas en la partida.