Abandono a favor del Estado
Procedimiento por el cual un operador renuncia a sus mercancías a favor del Estado para evitar el pago de derechos de aduana.
El abandono a favor del Estado (o abandono en aduana) es un destino aduanero por el cual el tenedor de mercancías no comunitarias renuncia voluntariamente a su propiedad en beneficio del Estado. Este procedimiento permite evitar el pago de derechos de aduana e impuestos, transfiriéndose las mercancías al dominio público.
El abandono es autorizado por las autoridades aduaneras siempre que las mercancías tengan un valor económico suficiente para cubrir los costes del procedimiento y que su cesión no genere costes desproporcionados para la administración. Las mercancías peligrosas, perecederas o sin valor comercial se orientan generalmente hacia la destrucción.
Las mercancías abandonadas son luego vendidas en subasta por la administración de bienes del Estado. El producto de la venta cubre primero los gastos de almacenamiento y venta, luego los derechos de aduana eventuales, y el saldo se ingresa en el Tesoro público.
El abandono se distingue del decomiso, que es una sanción pronunciada por un juez en caso de infracción aduanera. El abandono es voluntario y no constituye una sanción. Representa una solución pragmática cuando los derechos de aduana superan el valor comercial de las mercancías.