Aviso de cobro (AMR)
Acto administrativo por el cual la aduana notifica a un contribuyente los derechos e impuestos adicionales que debe pagar.
Aviso de cobro (AMR)
El AMR es el acto administrativo mediante el cual la administración aduanera notifica oficialmente a un operador el monto de los derechos, impuestos y sanciones aduaneras que debe pagar luego de una inspección o ajuste.
¿Cuándo se emite un AMR?
El AMR se emite cuando la aduana detecta una insuficiencia de los derechos declarados (error de clasificación arancelaria, subvaluación, origen incorrecto), una infracción aduanera o la falta de cumplimiento de un régimen aduanero.
Contenido
El AMR especifica el importe de los derechos e impuestos reclamados, la base jurídica, los motivos del ajuste, los posibles intereses de demora y los medios de recurso.
Remedios
El operador puede impugnar el AMR en un plazo de dos meses acudiendo a los tribunales. También es posible recurrir gratuitamente al director regional de aduanas.
Prescripción
El derecho de recuperación de la administración expira a los tres años de la fecha en que surge la deuda aduanera. En caso de fraude, este plazo podrá ampliarse hasta 10 años.
Prevención
La mejor protección es el rigor en las declaraciones, la conservación de los documentos justificativos y la solicitud de IAV e información de valor.