Crédito documentario irrevocable
Crédito documentario que no puede ser modificado ni anulado sin el acuerdo de todas las partes, ofreciendo seguridad máxima al beneficiario.
El crédito documentario irrevocable es un compromiso firme y definitivo del banco emisor. No puede ser modificado, enmendado ni anulado sin el consentimiento explícito de todas las partes: banco emisor, banco confirmador (si lo hay) y beneficiario.
Desde la entrada en vigor de las UCP 600 en julio de 2007, todo crédito documentario se presume irrevocable salvo mención contraria. Este cambio formalizó la práctica comercial que ya había abandonado los créditos revocables.
Las características esenciales son:
- Compromiso firme del banco emisor de pagar, aceptar o negociar
- Protección del vendedor contra la revocación unilateral del comprador
- Estabilidad contractual: los términos quedan fijados una vez emitido el crédito
- Enmiendas únicamente con el acuerdo unánime de las partes
El crédito irrevocable constituye el estándar del comercio internacional. Puede reforzarse con una confirmación que añade el compromiso de un segundo banco en el país del vendedor.