Denominación Común Internacional (DCI)
Nombre genérico único asignado por la OMS a cada sustancia farmacéutica activa, utilizado en la clasificación arancelaria.
La Denominación Común Internacional (DCI) es un nombre genérico único asignado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) a cada sustancia farmacéutica activa. Este sistema normalizado de denominación es esencial tanto para la salud pública como para la clasificación arancelaria de los productos farmacéuticos.
En el contexto aduanero, la OMA mantiene una lista de DCI (INN List) que identifica las sustancias que se benefician de una clasificación arancelaria específica en el SA. Los compuestos que figuran en esta lista se clasifican en subpartidas dedicadas, frecuentemente con derechos de aduana reducidos o nulos en el marco del Acuerdo Farmacéutico.
Cada DCI se construye según segmentos clave (stems) que identifican el grupo terapéutico o farmacológico. Por ejemplo, el sufijo «-mab» designa los anticuerpos monoclonales, «-vir» los antivirales, «-statin» los inhibidores de HMG-CoA reductasa. Estos segmentos facilitan la identificación y clasificación de nuevas sustancias.
La correspondencia entre DCI y clasificación arancelaria se actualiza regularmente para integrar las nuevas sustancias farmacéuticas. La OMA y la OMS colaboran para mantener esta correspondencia, que facilita el comercio internacional de medicamentos asegurando un seguimiento estadístico preciso de los flujos de productos farmacéuticos.