Reglas generales 1, 3 c) y 6, texto de los códigos 9619 y 9619 00 40.
Conforme a lo señalado en las directrices relativas a la clasificación en la nomenclatura combinada de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor (DO C
– 105/13), el término necesidad específica admite una amplia interpretación, dado que para satisfacer una necesidad específica los artículos pueden utilizarse de forma secuencial o aleatoria,
como en el caso en cuestión, siendo determinante el que se utilicen en el mismo lugar y con un mismo fin, cual es minimizar el riesgo de infecciones y proporcionar una mayor efectividad en la realización de procedimientos quirúrgicos de cuello, por lo que se considera que las mercancías están presentadas conjuntamente para satisfacer una necesidad específica.
Respecto al elemento que confiere al conjunto su carácter esencial (regla 3 b)), debe apreciarse lo heterogéneo de los productos envasados, capítulos 30, 39 56, 59, 62, 90 y 96, así como, su entidad
y número en el surtido, por lo que no puede determinarse uno que confiera su carácter al conjunto.
Al aplicar la regla general 3 c) de la NC, puesto que las reglas 3 a) y 3 b) son inoperantes, nos encontramos con que la última partida entre las susceptibles de tenerse en cuenta para la clasificación es la correspondiente a las compresas de materia textil de la partida 96.19.