EXW (Ex Works) - Incoterm 2020 - Obligaciones, Riesgos, Valor en aduana
E - Departure
Modo de transporte
Todos los modos
Grupo valoración
fob
Transferencia de riesgos
Seller's premises
El Incoterm EXW (Ex Works - En fábrica) es la regla Incoterms® 2020 que impone las obligaciones mínimas al vendedor. El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus propias instalaciones (fábrica, almacén, tienda), sin tener que cargarla en un vehículo de recogida ni despacharla para la exportación.
El comprador asume todos los costes y riesgos relacionados con el transporte de las mercancías desde las instalaciones del vendedor hasta el destino final. Esto incluye la carga, el transporte interior, los trámites aduaneros de exportación e importación, el transporte principal, el seguro y la descarga.
EXW es adecuado para intercambios nacionales o intra-UE donde el comprador dispone de la infraestructura logística necesaria. Sin embargo, está muy desaconsejado para exportaciones fuera de la UE, ya que el comprador tendría que realizar los trámites aduaneros de exportación en el país del vendedor, lo que a menudo requiere representación fiscal.
En la práctica, incluso en EXW, el vendedor suele cargar la mercancía en el vehículo del comprador, lo que constituye una transferencia de riesgo no contractualizada y una fuente frecuente de litigios. La ICC recomienda en estos casos utilizar FCA.
El Incoterm EXW es utilizable para todos los modos de transporte (marítimo, aéreo, por carretera, ferroviario, multimodal). La transferencia de riesgos se produce en cuanto la mercancía se pone a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor.
¿Quién es responsable del despacho de exportación en EXW Incoterms 2020?
En EXW, el comprador es responsable de todos los trámites de despacho aduanero de exportación, según el artículo B7. El vendedor no tiene obligación de despachar las mercancías para la exportación, pero debe asistir al comprador a petición, riesgo y cargo de este (artículo A7). Esta distribución es inusual y a menudo problemática, ya que el comprador debe gestionar los trámites de exportación en el país del vendedor.
¿Tiene el vendedor alguna obligación de exportación en EXW?
No, el vendedor no tiene ninguna obligación de exportación en EXW. El artículo A7 establece explícitamente que el vendedor no tiene que realizar el despacho de exportación. Su única obligación es asistir al comprador, a petición de este, a su riesgo y cargo, para la obtención de documentos e información necesarios para la exportación. Esta es la limitación clave que hace problemático el EXW para las ventas internacionales.
¿Por qué es problemático el EXW para exportaciones fuera de la UE?
El EXW es problemático para exportaciones fuera de la UE porque el comprador debe realizar los trámites aduaneros de exportación en el país del vendedor, lo que requiere un número EORI y potencialmente representación fiscal. El vendedor no conserva ninguna prueba documental de la salida de las mercancías, creando un riesgo de liquidación complementaria de IVA. Las autoridades aduaneras de la mayoría de los Estados miembros desaconsejan activamente esta configuración.
¿Cómo prueba el vendedor la exportación y la exención de IVA en EXW?
El vendedor debe obtener del comprador la prueba de que las mercancías han salido efectivamente del territorio aduanero de la UE, como un DUA (Documento Único Administrativo) visado por aduanas o un certificado de salida ECS (Export Control System). Sin esta prueba, el vendedor se arriesga a una liquidación complementaria de IVA sobre la venta a la exportación. Es indispensable incluir una cláusula contractual que obligue al comprador a proporcionar estos documentos.
¿Puede el comprador realizar los trámites aduaneros de exportación en EXW?
Sí, el comprador puede realizar los trámites de exportación en EXW, pero a menudo resulta impracticable. El comprador necesita un número EORI válido en el país de exportación y puede necesitar representación fiscal. En la práctica, muchos agentes de aduanas y autoridades esperan que el exportador (vendedor) gestione la declaración de exportación. Por ello, la ICC recomienda FCA como alternativa.
¿Cuál es la diferencia entre EXW y FCA para el despacho de exportación?
La diferencia fundamental es que en EXW el comprador gestiona el despacho de exportación, mientras que en FCA lo gestiona el vendedor. Con FCA, el vendedor conserva el DUA y el certificado de salida ECS, probando la salida de las mercancías y justificando la exención de IVA. En EXW, el vendedor no tiene tal prueba. FCA también clarifica la responsabilidad de la carga, que es ambigua en EXW.
¿Quién paga los costes de carga en EXW Incoterms 2020?
El comprador paga todos los costes de carga en EXW, según el artículo B9. El vendedor no está contractualmente obligado a cargar la mercancía en el vehículo de recogida. Sin embargo, en la práctica, el vendedor a menudo carga con sus propios equipos (carretilla elevadora, grúa), creando una transferencia de riesgo no contractualizada. La ICC recomienda usar FCA en las instalaciones del vendedor para clarificar esta obligación.
¿Es recomendable el EXW para envíos en contenedores o marítimos?
No, el EXW no es recomendable para envíos en contenedores o marítimos. La ICC aconseja usar FCA, que refleja mejor la realidad del comercio conteneurizado moderno donde la mercancía se entrega al transportista en una terminal. El punto de transferencia de riesgo del EXW (instalaciones del vendedor) no se ajusta bien a la logística de contenedores, y el comprador tendría que gestionar el despacho de exportación en el país del vendedor.
¿Qué ocurre si el comprador no puede obtener una licencia de exportación en EXW?
Si el comprador no puede obtener una licencia de exportación, las mercancías no pueden exportarse legalmente y la transacción queda bloqueada. En EXW, el comprador asume todo el riesgo y el coste de obtener las licencias de exportación (artículo B7). El vendedor solo está obligado a asistir a petición del comprador. Esta situación es un argumento importante contra el uso del EXW para mercancías controladas o exportaciones que requieren licencias.
¿Cómo afecta el EXW a la valoración aduanera en el país importador?
El precio EXW representa el valor facturado más bajo posible, ya que excluye la carga, el transporte interior, el flete y el seguro. Para determinar el valor en aduana sobre base CIF (estándar en la UE), todos estos costes deben añadirse: carga, transporte interior hasta el punto de salida, flete internacional y seguro. Se aplica el código de ajuste aduanero AK para los costes de transporte a añadir.
¿Cuándo se transfiere el riesgo del vendedor al comprador en EXW?
El riesgo se transfiere cuando el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en el punto acordado dentro del lugar designado (artículos A2/A3). Esto ocurre antes de la carga - la mercancía simplemente debe estar disponible. Si no se ha acordado un punto específico, el vendedor puede elegir el que mejor le convenga. Esto significa que el comprador soporta el riesgo durante la carga, incluso si la realiza el vendedor.
¿Es obligatorio el seguro en EXW?
No, ninguna de las partes está contractualmente obligada a contratar un seguro en EXW (artículos A5 y B5). Sin embargo, dado que el comprador soporta todos los riesgos desde la puesta a disposición, incluida la carga y toda la cadena de transporte, se recomienda encarecidamente contratar un seguro de mercancías a todo riesgo que cubra la totalidad del trayecto desde las instalaciones del vendedor hasta el destino final.
¿Puede utilizarse EXW para el comercio intra-UE?
Sí, el EXW es adecuado para el comercio intra-UE porque no hay trámites aduaneros de exportación que realizar dentro del mercado único (libre circulación de mercancías). Los principales riesgos del EXW - complicaciones del despacho de exportación y problemas de prueba de IVA - no se aplican. El comprador simplemente organiza el transporte desde las instalaciones del vendedor. Este es el caso de uso más apropiado y menos arriesgado para el EXW.
¿Cuáles son las obligaciones mínimas del vendedor en EXW?
Las obligaciones del vendedor en EXW son las más reducidas de todas las reglas Incoterms 2020. El vendedor debe proporcionar la mercancía y la factura comercial (A1), poner la mercancía a disposición en el lugar acordado (A2), embalar la mercancía adecuadamente (A8) y soportar los costes hasta la puesta a disposición (A9). El vendedor no tiene obligación en materia de carga, transporte, seguro, despacho de exportación ni documentos de transporte.
¿Por qué las autoridades aduaneras desaconsejan el EXW para exportaciones?
Las autoridades aduaneras desaconsejan el EXW porque el comprador (una entidad extranjera) debe presentar la declaración de exportación en el país del vendedor, lo que complica la supervisión regulatoria. Esta configuración dificulta el seguimiento de las exportaciones reales, la verificación de las solicitudes de exención de IVA y la aplicación de los controles a la exportación. Varios Estados miembros de la UE han publicado directrices recomendando a los vendedores utilizar FCA u otros términos donde el vendedor gestione los trámites de exportación.
¿Cuál es la alternativa recomendada al EXW para el comercio internacional?
FCA (Franco transportista) es la alternativa recomendada por la ICC al EXW para el comercio internacional. En FCA, el vendedor gestiona el despacho de exportación y la carga (si es en sus instalaciones), conserva la prueba de exportación para el IVA, y el comprador no necesita un número EORI en el país del vendedor. FCA puede utilizarse para todos los modos de transporte y resuelve todos los principales problemas del EXW.
Errores frecuentes
1Utilizar EXW para exportaciones fuera de la UE cuando el comprador no puede realizar los trámites de exportación en el país del vendedor.
2No definir con precisión el lugar de puesta a disposición, lo que crea ambigüedad sobre el momento de transferencia de riesgos.
3Olvidar que el vendedor no tiene prueba de salida de las mercancías del territorio, lo que puede causar problemas de IVA a la exportación.
Obligaciones vendedor vs comprador
Obligación
Vendedor
Comprador
Formalidades exportación
Carga
Transporte principal
Seguro transporte
Descarga
Formalidades importación
Diagrama de transferencia de riesgos
Notas explicativas ICC
Entrega y transferencia de riesgos
En EXW, la entrega se produce cuando el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en un lugar acordado (generalmente sus propias instalaciones), y no cuando la mercancía se carga en el vehículo de recogida.
El vendedor no está obligado a cargar la mercancía en el vehículo proporcionado por el comprador, aunque en la práctica suele hacerlo. Si el vendedor carga, lo hace a riesgo y cuenta del comprador, salvo acuerdo en contrario.
Punto clave: si las partes desean que el vendedor sea responsable de la carga, deberían utilizar FCA.
Modo de transporte aplicable
EXW puede utilizarse independientemente del modo de transporte elegido, incluido el transporte multimodal. A diferencia de los Incoterms marítimos (FAS, FOB, CFR, CIF), no está limitado al transporte por vía navegable.
Sin embargo, la elección del modo de transporte impacta en el valor en aduana: los ajustes necesarios para convertir un precio EXW a un valor CIF/CIP (base aduanera en la UE) varían según el flete sea aéreo, marítimo o por carretera.
Lugar y punto preciso de entrega
Las partes deben especificar lo más claramente posible el punto de entrega dentro del lugar acordado. Es en este punto donde el riesgo se transfiere del vendedor al comprador.
Si no se ha acordado un punto específico y existen varios puntos posibles dentro del lugar designado, el vendedor puede elegir el que mejor le convenga.
Redacción recomendada: « EXW [dirección exacta de la fábrica/almacén del vendedor] Incoterms® 2020 »
Ejemplo: EXW Almacén 3, Zona Industrial Norte, 69200 Vénissieux, Francia - Incoterms® 2020
Puntos de atención críticos
Riesgos de carga
El vendedor a menudo carga en la práctica sin previsión contractual - fuente principal de litigios.
En EXW, la carga es contractualmente responsabilidad del comprador. Sin embargo, en la mayoría de los casos, el vendedor carga la mercancía en el camión porque dispone del equipo (carretilla elevadora, grúa puente, muelle de carga).
Esta diferencia entre la teoría contractual y la práctica crea una zona gris legal:
Si la mercancía se daña durante la carga realizada por el vendedor, ¿quién es responsable?
El comprador podría argumentar que el vendedor aceptó de facto la obligación de carga.
El vendedor podría sostener que actuó como cortesía, a riesgo del comprador.
Recomendación: si el vendedor efectivamente carga la mercancía, es preferible utilizar FCA (instalaciones del vendedor) que clarifica esta obligación. En caso contrario, incluir una cláusula contractual explícita sobre la responsabilidad de la carga.
Despacho de exportación
El comprador debe realizar los trámites de exportación en el país del vendedor - a menudo problemático.
En EXW, los trámites de exportación corresponden al comprador. Sin embargo, en la mayoría de los países, la declaración aduanera de exportación debe ser realizada por el exportador o su representante aduanero autorizado en el país de exportación.
Consecuencias prácticas:
El comprador extranjero debe disponer de un número EORI en el país del vendedor (o recurrir a un representante aduanero).
En algunos países, el comprador puede necesitar representación fiscal para completar los trámites.
El vendedor no tiene prueba documental de la salida efectiva de las mercancías de su territorio, lo que puede complicar la justificación de la exención de IVA a la exportación.
Recomendación: para toda venta fuera de la UE, preferir FCA donde el vendedor se encarga de los trámites de exportación y conserva la prueba documental de salida de las mercancías.
Prueba de exportación e IVA
El vendedor no dispone de prueba de salida de las mercancías - riesgo fiscal.
Uno de los problemas más subestimados del EXW en contexto internacional es la cuestión del IVA a la exportación.
Para beneficiarse de la exención de IVA en las ventas a la exportación (tipo 0%), el vendedor debe poder probar que las mercancías han salido efectivamente del territorio aduanero de la UE. En EXW:
El vendedor no realiza la exportación.
El vendedor no dispone ni del DUA (Documento Único Administrativo) ni de la prueba de salida (ECS - Export Control System).
El vendedor debe confiar en que el comprador le proporcione esta prueba.
En caso de inspección fiscal, si el vendedor no puede probar la salida efectiva, se arriesga a una liquidación complementaria de IVA sobre las ventas supuestamente exportadas.
Recomendación: prever contractualmente la obligación del comprador de comunicar la prueba de salida (copia del DUA visado por aduanas, certificado de salida ECS). Mejor aún, utilizar FCA.
Obligaciones detalladas del vendedor (A1-A10)
Artículo A1Obligaciones generales
El vendedor debe proporcionar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda requerir el contrato.
Todo documento mencionado en A1-A10 puede ser un registro o procedimiento electrónico equivalente, si así se acuerda entre las partes o es habitual.
Artículo A2Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en el punto de entrega acordado, si lo hay, en el lugar de entrega designado, en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.
Si no se ha acordado un punto concreto dentro del lugar designado, y si hay varios puntos disponibles, el vendedor puede elegir el punto que mejor se adapte a sus necesidades.
Artículo A3Transferencia de riesgos
El vendedor soporta todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta que haya sido entregada de acuerdo con A2, salvo pérdidas o daños en las circunstancias descritas en B3.
Artículo A4Transporte
El vendedor no tiene obligación alguna frente al comprador de celebrar un contrato de transporte.
Artículo A5Seguro
El vendedor no tiene obligación alguna frente al comprador de celebrar un contrato de seguro.
Artículo A6Documento de entrega / transporte
El vendedor no tiene obligación alguna frente al comprador.
Artículo A7Despacho de exportación / importación
a) Despacho de exportación: el vendedor no tiene obligación. Sin embargo, debe prestar asistencia al comprador, a petición, riesgo y cuenta de este, para la obtención de cualquier documento y/o información necesaria para los trámites de despacho de exportación.
b) Asistencia en tránsito: el vendedor debe, a petición, riesgo y cuenta del comprador, prestar asistencia para la obtención de documentos de tránsito.
c) Despacho de importación: el vendedor no tiene obligación.
Artículo A8Verificación / embalaje / marcado
El vendedor debe pagar los costes de las operaciones de verificación (calidad, medición, pesaje, recuento) necesarias para la puesta a disposición de la mercancía de acuerdo con A2.
El vendedor debe, a su cargo, embalar la mercancía, a menos que sea habitual en el comercio en cuestión transportar ese tipo de mercancía sin embalar. El vendedor puede embalar la mercancía de la forma apropiada para su transporte, salvo que el comprador le haya notificado requisitos de embalaje específicos antes de la celebración del contrato. El embalaje debe estar debidamente marcado.
Artículo A9Reparto de costes
El vendedor debe pagar:
Todos los costes relativos a la mercancía hasta su entrega de acuerdo con A2.
En su caso, los costes de embalaje y marcado (A8).
Los costes de asistencia al comprador para la obtención de documentos o información (A7), con sujeción al reembolso por parte del comprador.
Artículo A10Avisos
El vendedor debe, a petición, riesgo y cuenta del comprador, proporcionar o prestar asistencia para obtener cualquier información, incluida la información de seguridad, que el comprador necesite para el transporte y/o la exportación/importación de la mercancía o su tránsito por cualquier país.
Obligaciones detalladas del comprador (B1-B10)
Artículo B1Obligaciones generales
El comprador debe pagar el precio de la mercancía de conformidad con el contrato de compraventa.
Todo documento mencionado en B1-B10 puede ser un registro o procedimiento electrónico equivalente, si así se acuerda entre las partes o es habitual.
Artículo B2Recepción de la entrega
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A2.
Artículo B3Transferencia de riesgos
El comprador soporta todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento de su entrega de acuerdo con A2.
Si el comprador no comunica el aviso de conformidad con B10, soporta todos los riesgos de pérdida o daño desde la fecha acordada o desde la expiración del plazo acordado para la entrega, siempre que la mercancía haya sido claramente identificada como la mercancía objeto del contrato.
Artículo B4Transporte
El comprador no tiene obligación frente al vendedor de celebrar un contrato de transporte. No obstante, el comprador debe organizar, a su cargo, el transporte de la mercancía desde el lugar de entrega designado.
Artículo B5Seguro
El comprador no tiene obligación frente al vendedor de celebrar un contrato de seguro. Sin embargo, se recomienda encarecidamente contratar un seguro de transporte que cubra los riesgos desde el punto de recogida.
Artículo B6Prueba de la recepción
El comprador debe proporcionar al vendedor la prueba adecuada de haber recibido la entrega.
Artículo B7Despacho de exportación / importación
a) Despacho de exportación: el comprador debe, a su propio riesgo y cargo, obtener toda licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.
b) Asistencia en tránsito: el comprador debe, a su propio riesgo y cargo, realizar los trámites de tránsito.
c) Despacho de importación: el comprador debe realizar y pagar los trámites de despacho de importación, incluidos los derechos de aduana e impuestos.
Artículo B8Verificación / embalaje / marcado
El comprador no tiene obligación frente al vendedor. Sin embargo, debe pagar los costes de cualquier inspección obligatoria previa al embarque, incluida la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación.
Artículo B9Reparto de costes
El comprador debe pagar:
Todos los costes relativos a la mercancía desde su entrega de acuerdo con A2.
Todos los costes de carga de la mercancía (el vendedor no está obligado a cargar).
Cualquier coste adicional incurrido por no haber recibido la entrega o no haber comunicado un aviso adecuado (B10).
En su caso, todos los derechos, impuestos y otros cargos, así como los costes de los trámites aduaneros de exportación, tránsito e importación.
Los costes de obtención de documentos e información (A7, A10) y de la asistencia prestada por el vendedor.
Artículo B10Avisos
El comprador debe comunicar al vendedor con suficiente antelación la fecha o el plazo para la recepción de la entrega y, en su caso, el punto dentro del lugar designado.
El comprador debe, a su debido tiempo, informar al vendedor de cualquier requisito de información de seguridad para que el vendedor pueda cumplir con A10.
Comparación EXW vs FCA
Critère
EXW
FCA
Trámites de exportación
Comprador
Vendedor
Carga
Comprador (ambiguo en la práctica)
Vendedor (si instalaciones del vendedor)
Transferencia de riesgos
Instalaciones del vendedor (puesta a disposición)
Al transportista o instalaciones del vendedor
Prueba de exportación
Ninguna para el vendedor
Vendedor dispone del DUA
IVA exportación
Riesgo fiscal para el vendedor
Vendedor justifica la exención
Uso recomendado
Nacional o intra-UE
Todos los modos, nacional e internacional
Conocimiento de embarque
No aplicable
Opción B para crédito documentario
Impacto en el valor en aduana
El Incoterm EXW pertenece al grupo FOB. Este grupo determina qué ajustes (AK/BA) se aplican al precio facturado para calcular el valor en aduana.
Ventas nacionales o intra-UE entre empresas establecidas en el mismo territorio aduanero.
Cuando el comprador controla plenamente la logística y desea gestionar toda la cadena de transporte.
Para compras de proximidad (misma ciudad, misma región) donde el transporte es sencillo.
Cuándo evitar EXW
Exportaciones fuera de la UE: los trámites aduaneros de exportación deben ser realizados por el comprador en el país del vendedor, lo que a menudo resulta impracticable.
Vendedor sin prueba de exportación: el vendedor no puede justificar la exención de IVA.
Mercancías que requieren carga especializada: la ambigüedad de la carga es fuente de litigios.
Cláusulas contractuales recomendadas
Lugar preciso: indicar siempre la dirección exacta (« EXW [dirección completa] Incoterms® 2020 »).
Ventana de recogida: prever una franja horaria para la recogida.
Prueba de salida: si es exportación, exigir contractualmente que el comprador comunique la prueba de salida del territorio (copia DUA, certificado ECS).
Embalaje: especificar los requisitos de embalaje para el transporte previsto.
Notificación: el comprador debe notificar al vendedor la fecha y hora de recogida con suficiente antelación.
Análisis por perfil
Ventajas
L'acheteur a la maîtrise du transport tout au long du trajet. Flexibilité sur le choix des prestataires, les délais et les coûts.
Inconvenientes
Obligations maximales. L'acheteur est responsable des formalités douanières dans le pays du fournisseur. L'acheteur doit dans la majorité des cas être fiscalement représenté dans le pays tiers.
Recomendaciones
Limiter l'usage de l'incoterm EXW aux achats locaux ou intra-UE.
En cas d'achat auprès d'un fournisseur tiers, flux à anticiper si peu habitué.
S'assurer des obligations à respecter pour la réalisation des formalités douanières.
Contractuellement, bien définir avec précision le lieu de transfert des risques et de répartition des coûts.
Coordination à prévoir avec l'acheteur au regard de la déclaration en douane à l'exportation.
Assurance transport principal conseillée.
Importante : Se recomienda un seguro de transporte para este Incoterm.
Análisis comparativo (radar)
EXW
Comparar con
Errores frecuentes
1
Utilizar EXW para exportaciones fuera de la UE cuando el comprador no puede realizar los trámites de exportación en el país del vendedor.
2
No definir con precisión el lugar de puesta a disposición, lo que crea ambigüedad sobre el momento de transferencia de riesgos.
3
Olvidar que el vendedor no tiene prueba de salida de las mercancías del territorio, lo que puede causar problemas de IVA a la exportación.
4
Dejar que el vendedor cargue la mercancía sin cláusula contractual, creando una zona gris en caso de daño durante la carga.
5
No contratar seguro de transporte cuando el comprador soporta todos los riesgos desde las instalaciones del vendedor.
EXW 2020: ¿quien gestiona exportacion y carga? - The Trade Hub