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Incoterms® 2020
Guía completa de los 11 Incoterms® 2020: reparto de costes y riesgos, elección del Incoterm adecuado para cada modo de transporte y cada transacción.
Herramienta relacionada: - Probar la herramienta →Que son los Incoterms
Los Incoterms (International Commercial Terms) son un conjunto de 11 reglas comerciales estandarizadas publicadas por la Camara de Comercio Internacional (CCI/ICC). Introducidos por primera vez en 1936, la version vigente - Incoterms 2020 - entro en vigor el 1 de enero de 2020 y sigue siendo la edicion aplicable en 2026.
Un punto critico que muchos operadores malinterpretan: los Incoterms no son ley. Son condiciones contractuales que solo se aplican cuando las partes de un contrato de compraventa los incorporan expresamente. La referencia correcta es: "[Incoterm] [lugar designado], Incoterms 2020" - por ejemplo, "CIF Barcelona, Incoterms 2020".
Que definen los Incoterms
Cada Incoterm asigna con precision entre comprador y vendedor:
- Costes: quien paga el transporte, el seguro, las operaciones de carga/descarga, los tramites aduaneros, los derechos y las tasas de terminal
- Riesgos: el punto exacto en el que el riesgo de perdida o dano se transfiere del vendedor al comprador
- Obligaciones: quien organiza el transporte, quien obtiene el despacho de exportacion/importacion, quien proporciona los documentos
Que NO definen los Incoterms
Los Incoterms no regulan:
- La transferencia de la propiedad o el titulo sobre las mercancias
- Las condiciones de pago ni el precio
- La ley aplicable ni la jurisdiccion para litigios
- Las consecuencias del incumplimiento contractual
- Las sanciones ni las restricciones comerciales
Estos aspectos deben cubrirse por separado en el contrato de compraventa, las condiciones de pago y las clausulas de legislacion aplicable.
Los 11 Incoterms 2020 - vision general
Los Incoterms 2020 se dividen en dos grupos segun el modo de transporte:
Reglas para cualquier modo de transporte (7 reglas)
Se aplican tanto si las mercancias se transportan por mar, aire, ferrocarril, carretera o una combinacion (multimodal):
| Incoterm | Nombre | Punto de transferencia del riesgo | El vendedor organiza el transporte? | El vendedor contrata el seguro? |
|---|---|---|---|---|
| EXW | Ex Works (En fabrica) | Instalaciones del vendedor | No | No |
| FCA | Free Carrier (Franco transportista) | Entrega al transportista en el lugar designado | No | No |
| CPT | Carriage Paid To (Transporte pagado hasta) | Entrega al primer transportista | Si (hasta destino) | No |
| CIP | Carriage and Insurance Paid To (Transporte y seguro pagados hasta) | Entrega al primer transportista | Si (hasta destino) | Si (todo riesgo) |
| DAP | Delivered at Place (Entregada en lugar) | Destino, sin descargar | Si (hasta destino) | No (pero recomendado) |
| DPU | Delivered at Place Unloaded (Entregada en lugar descargada) | Destino, descargada | Si (hasta destino) | No (pero recomendado) |
| DDP | Delivered Duty Paid (Entregada derechos pagados) | Destino, con despacho de importacion | Si (hasta destino) | No (pero recomendado) |
Reglas para transporte maritimo y por vias navegables interiores (4 reglas)
Estas reglas deben utilizarse unicamente cuando las mercancias se transportan integramente por mar o vias navegables interiores - no para carga contenerizada entregada en una terminal de contenedores (use FCA, CPT o CIP en su lugar):
| Incoterm | Nombre | Punto de transferencia del riesgo | El vendedor organiza el transporte? | El vendedor contrata el seguro? |
|---|---|---|---|---|
| FAS | Free Alongside Ship (Franco al costado del buque) | Al costado del buque en puerto | No | No |
| FOB | Free on Board (Franco a bordo) | A bordo del buque en puerto | No | No |
| CFR | Cost and Freight (Coste y flete) | A bordo del buque en puerto | Si (hasta puerto de destino) | No |
| CIF | Cost, Insurance and Freight (Coste, seguro y flete) | A bordo del buque en puerto | Si (hasta puerto de destino) | Si (cobertura minima) |
Analisis detallado de cada Incoterm
EXW - Ex Works (lugar de entrega designado)
El vendedor pone las mercancias a disposicion del comprador en sus propias instalaciones (fabrica, almacen). No tiene obligacion de cargar las mercancias ni de despacharlas de exportacion.
Reparto de costes y riesgos: el comprador asume todos los costes y riesgos desde el momento en que las mercancias estan a su disposicion. En la practica, el vendedor a menudo carga las mercancias por cortesia, pero si se produce un dano durante la carga, el riesgo ya es del comprador.
Uso recomendado: transacciones entre partes del mismo pais o cuando el comprador tiene un control total sobre toda la cadena logistica. No recomendado para exportaciones internacionales, ya que el vendedor esta en mejor posicion para gestionar las formalidades de exportacion en su propio pais. En el comercio UE con terceros paises, EXW plantea problemas practicos: el comprador extranjero no puede despachar de exportacion en el pais del vendedor.
FCA - Free Carrier (lugar de entrega designado)
El vendedor entrega las mercancias al transportista designado por el comprador en el lugar acordado. Si la entrega es en las instalaciones del vendedor, este es responsable de la carga. Si es en otro lugar, el vendedor cumple con entregar las mercancias puestas a disposicion del transportista sin descargar del vehiculo del vendedor.
Novedad Incoterms 2020: FCA incluye una opcion que permite al comprador solicitar a su transportista que emita un conocimiento de embarque con la mencion "on board" al vendedor, facilitando las operaciones con credito documentario que exigen un B/L embarcado.
Uso recomendado: la alternativa mas versatil a EXW para transacciones internacionales. Es el Incoterm mas utilizado en la practica para envios de contenedores, ya que refleja correctamente la transferencia de riesgo en la terminal de carga y no en la borda del buque.
CPT - Carriage Paid To (lugar de destino designado)
El vendedor contrata y paga el transporte hasta el destino convenido, pero el riesgo se transfiere al comprador en el momento en que las mercancias se entregan al primer transportista. Existe por tanto una disociacion entre el punto de transferencia de riesgo y el punto de transferencia de costes.
Uso recomendado: cuando el vendedor esta en mejor posicion para contratar el transporte principal pero no desea asumir el riesgo durante el trayecto. Adecuado para transporte multimodal.
CIP - Carriage and Insurance Paid To (lugar de destino designado)
Identico a CPT, con la obligacion adicional para el vendedor de contratar un seguro de transporte. En Incoterms 2020, la cobertura minima obligatoria para CIP es la clausula A del Institute Cargo Clauses (todo riesgo), un cambio significativo respecto a Incoterms 2010 (que solo exigia la clausula C, cobertura minima).
Uso recomendado: transporte multimodal cuando el comprador desea que el vendedor asuma la contratacion del seguro con una cobertura amplia.
DAP - Delivered at Place (lugar de destino designado)
El vendedor asume todos los costes y riesgos del transporte hasta el lugar de destino convenido. Las mercancias se ponen a disposicion del comprador en el medio de transporte de llegada, listas para la descarga. El vendedor no despacha de importacion ni paga los derechos.
Uso recomendado: cuando el vendedor desea controlar toda la cadena logistica hasta destino pero el comprador se encarga de las formalidades aduaneras de importacion (lo cual es normalmente mas practico, ya que el comprador es residente en el pais de destino).
DPU - Delivered at Place Unloaded (lugar de destino designado)
El unico Incoterm que obliga al vendedor a descargar las mercancias en destino. El vendedor asume todos los costes y riesgos hasta la descarga en el lugar convenido.
Cambio respecto a Incoterms 2010: DPU reemplaza a DAT (Delivered at Terminal). El cambio principal es que el lugar de entrega ya no se limita a una "terminal" - puede ser cualquier lugar, con tal de que el vendedor pueda efectuar la descarga.
Uso recomendado: cuando el vendedor tiene capacidad para descargar en destino y el comprador no dispone de medios de descarga.
DDP - Delivered Duty Paid (lugar de destino designado)
El Incoterm de maxima obligacion para el vendedor. El vendedor entrega las mercancias en el lugar de destino convenido, despachadas de importacion y con todos los derechos e impuestos pagados. El comprador solo debe descargar.
Precauciones:
- El vendedor debe poder cumplir las formalidades de importacion en el pais de destino (registro fiscal, numero EORI, declarante aduanero)
- El vendedor paga el IVA a la importacion, que puede no ser recuperable si no esta registrado a efectos de IVA en el pais de destino
- Algunos paises no permiten que un no residente despache de importacion
Uso recomendado: cuando el vendedor ofrece un servicio "llave en mano" y dispone de la estructura necesaria en el pais de destino (filial, representante fiscal).
FAS - Free Alongside Ship (puerto de embarque designado)
El vendedor entrega las mercancias al costado del buque en el puerto de embarque. A partir de ese momento, el comprador asume todos los costes y riesgos.
Uso recomendado: carga a granel (graneles solidos, liquidos) o mercancias pesadas cargadas directamente al buque con grua. Poco frecuente en el comercio contenerizado.
FOB - Free on Board (puerto de embarque designado)
El vendedor entrega las mercancias a bordo del buque en el puerto de embarque. El riesgo se transfiere cuando las mercancias estan a bordo.
Precaucion: FOB es probablemente el Incoterm mas utilizado en el mundo, pero se usa frecuentemente de forma erronea para envios contenerizados. Cuando un contenedor se entrega en la terminal del puerto (no directamente al buque), el riesgo se ha transferido al comprador mucho antes de que la mercancia este "a bordo". Utilice FCA para contenedores.
CFR - Cost and Freight (puerto de destino designado)
El vendedor contrata y paga el flete maritimo hasta el puerto de destino, pero el riesgo se transfiere cuando las mercancias estan a bordo del buque en el puerto de embarque. Como en CPT, existe una disociacion riesgo/coste.
Uso recomendado: comercio maritimo de graneles cuando el vendedor esta en mejor posicion para contratar el flete.
CIF - Cost, Insurance and Freight (puerto de destino designado)
Identico a CFR, con la obligacion adicional de contratar un seguro maritimo. En Incoterms 2020, la cobertura minima para CIF es la clausula C del Institute Cargo Clauses (cobertura minima), a diferencia de CIP que exige la clausula A. Esta asimetria es deliberada.
Importancia para la valoracion en aduana: el valor CIF es la base para el calculo de los derechos de aduana en la UE. Cuando se utiliza otro Incoterm (FOB, EXW), el importador debe ajustar el valor hasta la condicion CIF frontera UE.
Diferencias clave respecto a los Incoterms 2010
Los Incoterms 2020 introdujeron cambios significativos respecto a la version de 2010:
| Cambio | Detalle |
|---|---|
| DAT se convierte en DPU | Se amplian las posibilidades de lugar de entrega (ya no solo "terminal") |
| FCA con B/L on board | Nueva opcion que permite solicitar al transportista un conocimiento de embarque embarcado |
| Seguro CIP elevado a clausula A | Todo riesgo obligatorio para CIP (antes era clausula C). CIF mantiene clausula C |
| Transporte con medios propios | FCA, DAP, DPU y DDP permiten explicitamente el transporte con medios propios del vendedor o comprador |
| Costes de seguridad | Se precisa la asignacion de costes vinculados a la seguridad del transporte |
| Notas explicativas integradas | Cada Incoterm incluye ahora notas explicativas para usuarios dentro de la propia regla |
Como elegir el Incoterm adecuado
Marco de decision
La eleccion del Incoterm depende de varios factores que deben evaluarse conjuntamente:
-
Modo de transporte: si el transporte es exclusivamente maritimo (no contenerizado), pueden utilizarse FAS, FOB, CFR o CIF. Para cualquier otro modo o transporte multimodal, utilice EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU o DDP.
-
Control sobre la logistica: cuanto mas control desee el vendedor, mas "a la derecha" del espectro debe situarse (DDP = maximo control del vendedor). Cuanto mas control desee el comprador, mas "a la izquierda" (EXW = maximo control del comprador).
-
Reparto de riesgos: en los Incoterms del grupo "F" (FCA, FAS, FOB), el riesgo se transfiere tempranamente. En los del grupo "C" (CPT, CIP, CFR, CIF), existe la disociacion riesgo/coste. En los del grupo "D" (DAP, DPU, DDP), el vendedor asume el riesgo hasta destino.
-
Medio de pago: si la operacion se financia con un credito documentario, FCA con opcion B/L, CFR o CIF son los mas compatibles, ya que facilitan la obtencion de documentos de transporte negociables.
-
Capacidad aduanera: el vendedor tiene generalmente mejor acceso a las formalidades de exportacion; el comprador, a las de importacion. EXW y DDP invierten esta logica, lo que puede causar problemas practicos.
Recomendaciones habituales
- Exportaciones contenedorizadas: FCA es la mejor opcion. Refleja correctamente el punto de transferencia de riesgo en la terminal y evita la ambiguedad de FOB en contenedores.
- Graneles maritimos: FOB o CIF segun quien controle el flete.
- Comercio intra-UE: DAP es el estandar para la mayoria de transacciones, ya que no hay formalidades aduaneras.
- E-commerce B2C internacional: DDP si el vendedor quiere ofrecer un precio "todo incluido". Requiere registro fiscal en destino.
- Primera operacion con un comprador desconocido: CIF o CIP con credito documentario - el vendedor mantiene el control hasta el embarque y el pago esta securizado.
- Importaciones regulares con proveedor de confianza: FCA o FOB para maximizar el control sobre la logistica y reducir costes.
Preguntas frecuentes
- Los Incoterms 2020 son obligatorios o puedo seguir usando los Incoterms 2010?
- Los Incoterms no son ley - son condiciones contractuales. Las partes pueden hacer referencia a cualquier edicion que deseen, y los contratos con Incoterms 2010 siguen siendo validos. No obstante, Incoterms 2020 es la edicion vigente y recomendada. Especifique siempre la version en su contrato: "FCA Shanghai, Incoterms 2020". Si hace referencia a "Incoterms" sin indicar el ano, los tribunales y arbitros aplicaran normalmente la version mas reciente en vigor en el momento del contrato.
- Por que deberia evitar el uso de FOB y CIF para carga contenerizada?
- FOB y CIF situan el punto de transferencia del riesgo en el momento en que las mercancias estan "a bordo del buque". En el transporte contenerizado, el expedidor entrega el contenedor en la terminal del puerto, donde puede permanecer varios dias antes de ser cargado a bordo. Durante ese periodo, el riesgo ya no es del vendedor (que ha perdido el control) pero tampoco se ha transferido formalmente al comprador segun FOB/CIF. Esto crea una zona gris de responsabilidad. FCA resuelve este problema al transferir el riesgo cuando las mercancias se entregan al transportista (en la terminal de carga), lo que refleja la realidad operativa del transporte contenerizado.
- Cual es la diferencia entre los requisitos de seguro de CIF y CIP?
- Bajo CIF, el vendedor esta obligado a contratar un seguro con la cobertura minima de las clausulas C del Institute Cargo Clauses (ICC C), que cubre solo riesgos listados como naufragio, incendio, colision, etc. Bajo CIP (desde Incoterms 2020), la cobertura minima obligatoria son las clausulas A del Institute Cargo Clauses (ICC A), que es una cobertura "todo riesgo" - cubre todos los riesgos de perdida o dano excepto las exclusiones expresas. Esta diferencia es deliberada: CIP se utiliza para transporte multimodal donde los riesgos son mas variados, mientras que CIF es estrictamente maritimo. En ambos casos, las partes pueden acordar contractualmente una cobertura diferente (superior o inferior) a la minima obligatoria.
- Un vendedor no establecido en la UE puede utilizar DDP para exportaciones a la Union Europea?
- Tecnicamente si, pero con complicaciones practicas significativas. Bajo DDP, el vendedor debe despachar de importacion y pagar todos los derechos e impuestos (incluido el IVA) en el pais de destino. Para ello, un vendedor no comunitario necesita: (1) un numero EORI de la UE, (2) un representante en aduanas (agente de aduanas) o representante fiscal en el Estado miembro de importacion, (3) un registro a efectos de IVA si quiere recuperar el IVA pagado. Muchas empresas no comunitarias optan por DAP en lugar de DDP, dejando que el comprador europeo gestione las formalidades de importacion, que le resultan mas accesibles. Alternativamente, el vendedor puede utilizar DDP con la mencion "DDP, excluding VAT" para excluir el IVA de su obligacion.
- Los Incoterms regulan la transferencia de propiedad de las mercancias?
- No. Este es uno de los malentendidos mas frecuentes. Los Incoterms regulan exclusivamente la transferencia del riesgo de perdida o dano y la asignacion de costes entre vendedor y comprador. La transferencia de propiedad depende del contrato de compraventa y de la ley aplicable (ley nacional o la Convencion de Viena CISG). En muchos ordenamientos juridicos, la propiedad se transfiere en el momento del acuerdo contractual (sistema consensualista, como en Francia o Espana), mientras que en otros se transfiere con la entrega (sistema de tradicion). Es fundamental que el contrato de compraventa regule expresamente la transferencia de propiedad, sobre todo si el vendedor desea mantener una reserva de dominio hasta el pago completo.