Carta de Crédito (L/C)
Compromiso bancario de pagar al vendedor contra la presentación de documentos conformes, principal instrumento de pago en el comercio internacional.
Carta de crédito (L/C)
La carta de crédito (o crédito documentario) es un compromiso irrevocable de un banco de pagar al vendedor una cantidad determinada, siempre que el vendedor presente documentos estrictamente de acuerdo con los términos del crédito.
Operación
El comprador solicita a su banco (banco emisor) la apertura de un crédito documentario a favor del vendedor. El banco se compromete a pagar contra la presentación de los documentos conformes (factura, B/L, certificados, etc.).
Tipos
- Crédito irrevocable: no se puede modificar sin el acuerdo de todas las partes (estándar)
- Crédito confirmado: un segundo banco suma su compromiso
- Crédito transferible: se puede transferir a un segundo beneficiario
Reglas UCP 600
Los créditos documentarios se rigen por las Reglas y Prácticas Uniformes (UCP 600) publicadas por la Cámara de Comercio Internacional (ICC).
Ventajas y desventajas
La carta de crédito ofrece la máxima seguridad para ambas partes pero implica importantes gastos bancarios y documentación rigurosa.