Preferencia arancelaria
Reducción o supresión de derechos de aduana concedida a mercancías originarias de países que se benefician de acuerdos comerciales con la UE.
La preferencia arancelaria designa la reducción o supresión de los derechos de aduana normalmente aplicables, concedida a mercancías originarias de países o territorios con los que la UE ha celebrado acuerdos comerciales preferenciales o a los que otorga un tratamiento unilateral favorable.
Las principales fuentes de preferencias arancelarias son: los acuerdos de libre comercio (ALC) bilaterales (Canadá-CETA, Japón-JEFTA, Corea del Sur, etc.), los acuerdos de asociación (Turquía, países mediterráneos), los acuerdos de asociación económica (países ACP) y el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) para los países en desarrollo.
Para beneficiarse de la preferencia, el importador debe demostrar el origen preferencial de las mercancías mediante un justificante apropiado: certificado EUR.1, declaración de origen en factura, certificado de circulación EUR-MED o declaración de origen en el marco del sistema REX. Las reglas de origen varían según cada acuerdo y cada producto.
Las preferencias arancelarias representan un reto económico importante: pueden reducir los derechos en varios puntos porcentuales o suprimirlos totalmente. Las empresas que descuidan utilizar las preferencias a las que tienen derecho sufren un sobrecoste aduanero evitable, frecuentemente estimado en millones de euros a escala de una gran empresa.