RGI 1, 3b) y 6.
Texto de los códigos de la NC 1001, 1001.99 y 1001.99.00.
Código TARIC: 1001 99 00 94.
No puede considerarse un cojín de la partida 9404, porque que su función no es la de ser un artículo de cama o similar, aunque esté relleno o guarnecido, puesto que no sirve, o su destino no es sentarse, arrodillarse o apoyarse sobre él por comodidad. El trigo contenido en el cojín se utiliza para transferir el calor almacenado y confiere al producto su carácter esencial de cereal de la partida 1001. El artículo no posee efectos terapéuticos o profilácticos en el sentido señalado en el Capítulo 30. Véase el DO L 98/08, Reglamento (CE) 323/08.