Reglas generales 1 y 6.
Nota 1 del capítulo 69.
Véase la nota explicativa de la partida 6913, tercer párrafo, apartado A) 1), relativa a los artículos sin valor realmente utilitario, así mismo, la nota explicativa de la partida 6912, segundo párrafo, apartado A), sobre la vajilla y artículos similares para el servicio de mesa de cerámica distinta de la porcelana.
El conjunto que forma la taza/jarra con las tizas no forma un surtido en el sentido de la regla general interpretativa 3 b) por lo que deberá aforarse cada producto de forma separada.
La utilización de la taza/jarra como articulo con valor utilitario en el servicio de mesa no está excluida o restringida por su posible utilización, también como porta-lapiceros.
Por tanto, la taza/jarra de loza debe clasificarse en el código NC 6912 00 25, como articulo para el servicio de mesa de cerámica.