Reglas generales 1 y 6.
Nota 11 del capítulo 71.
El set consultado no constituye un surtido en el sentido de la RGI 3 b) por lo que cada pinza se clasifica de forma individualizada.
La partida 9615 comprende entre otros productos, “pasadores y artículos similares”. La NESA de la partida 9615, recoge en el primer párrafo, punto 3) Los pasadores y artículos similares utilizados para la sujeción del cabello y como adorno. Como artículos similares a los pasadores se pueden citar, pinchos, ganchos y presillas utilizados en el peinado para mantener el pelo en su lugar. El articulo descrito anteriormente sirve para la sujeción del cabello y como adorno, de forma similar a un pasador.
A pesar de tratarse de un pequeño objeto de adorno personal de metal forrado de materia textil está excluido de la partida 7117 como bisutería conforme a lo señalado en la nota legal 11 del capítulo 71, que señala: “se entiende por bisutería los artículos de la misma naturaleza que los definidos en la Nota 9 a) (excepto los botones y demás artículos de la partida 9606, las peinetas, pasadores y similares, así como las horquillas para el cabello, de la partida 9615)”.
Como tal objeto utilizado para sujetar el cabello en el peinado y aunque pueda usarse complementariamente como adorno personal debe clasificarse en la partida 9615 como articulo similar a un pasador.