FOB (Free on Board)
Incoterm marítimo por el cual el vendedor entrega las mercancías a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque convenido. El riesgo pasa al ponerse a bordo.
Definición y principio
FOB (Free on Board / Franco a bordo) es uno de los Incoterms más antiguos y utilizados. Es exclusivamente para transporte marítimo o fluvial. El vendedor entrega las mercancías a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque convenido.
Transferencia de riesgos
El riesgo pasa del vendedor al comprador cuando las mercancías se colocan a bordo del buque. Este fue un cambio importante introducido por los Incoterms 2010.
Distribución de obligaciones
Vendedor:
- Entregar las mercancías a bordo del buque en el puerto convenido
- Despachar las mercancías para la exportación
- Pagar los gastos de carga a bordo
Comprador:
- Designar el buque y el puerto de embarque
- Contratar y pagar el flete marítimo
- Despachar las mercancías para la importación
FOB y transporte contenedorizado
La ICC desaconseja el uso del FOB para el transporte contenedorizado, ya que la entrega en la terminal de contenedores crea una zona de riesgo no cubierta. Para contenedores, el FCA es preferible. El FOB sigue siendo adecuado para graneles y carga convencional.