Materia constitutiva
Materia principal que compone un artículo, determinante para su clasificación arancelaria en muchas secciones del SA.
La materia constitutiva designa la materia principal de la que está hecho un artículo, y desempeña un papel central en la clasificación arancelaria para muchas secciones del SA. Las secciones VII (plásticos), VIII (cuero), IX (madera), X (papel), XI (textiles), XIII (cerámica/vidrio) y XV (metales) organizan los artículos principalmente según su materia de fabricación.
El principio general es que los artículos de una sola materia se clasifican en la sección correspondiente a esa materia (un recipiente de plástico en el Capítulo 39, un recipiente de vidrio en el Capítulo 70). Cuando un artículo está compuesto de varias materias, la materia constitutiva es la que predomina en peso, volumen o carácter esencial según la RGI 3b.
Existen excepciones importantes: los artículos con un uso específico pueden clasificarse según su función en lugar de su materia. Por ejemplo, las prendas de cuero se clasifican en el Capítulo 42 (artículos de cuero) y no en el Capítulo 41 (pieles y cueros), mientras que los muebles se clasifican en el Capítulo 94 independientemente de su materia.
La determinación de la materia constitutiva requiere a veces análisis de laboratorio (composición química, contenido de fibras textiles, identificación de polímeros). Los resultados condicionan directamente la clasificación y por tanto los derechos aplicables, haciendo esta determinación económicamente crítica.