Método de mercancías similares
Tercer método de valoración aduanera basado en el valor de transacción de mercancías que, sin ser idénticas, presentan características y composición semejantes.
Principio y distinción con mercancías idénticas
El método de mercancías similares es el tercer método de valoración aduanera (artículo 3 del Acuerdo OMC, artículo 74(2)(b) del CAU). Se aplica cuando ni el valor de transacción de las mercancías importadas ni el de mercancías idénticas puede utilizarse.
Definición de mercancías similares
A diferencia de las mercancías idénticas (iguales en todos los aspectos), las mercancías similares son aquellas que:
- Presentan características semejantes y están compuestas de materiales similares
- Son capaces de cumplir las mismas funciones y son comercialmente intercambiables
- Son producidas en el mismo país que las mercancías a valorar
Modalidades de aplicación
Las condiciones de aplicación son las mismas que para el método de mercancías idénticas:
- Mismo momento o fecha próxima de exportación
- Mismo nivel comercial y cantidad comparable (en caso contrario, ajustes)
- Se utiliza el valor más bajo cuando existen múltiples referencias
Dificultades prácticas
Este método plantea más dificultades que el de mercancías idénticas, ya que la apreciación del carácter «similar» implica cierto grado de subjetividad. Las controversias suelen centrarse en el grado de comparabilidad funcional y comercial.