RGI 1 y 6. Texto de los códigos de la NC 1601, 1601.00.99.
Nota 2 del capítulo 16: 2. Las preparaciones alimenticias se clasifican en este Capítulo siempre que contengan una proporción superior al 20% en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, insectos, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, o de una combinación de estos productos. Cuando estas preparaciones contengan dos o más productos de los mencionados, se clasifican en la partida del Capítulo 16 que corresponda al componente que predomine en peso. Estas disposiciones no se aplican a los productos rellenos de la partida 19.02 ni a las preparaciones de las partidas 21.03 o 21.04.
NESA del capítulo 16 consideraciones generales
NESA de la partida 1601: Esta partida comprende los embutidos y productos similares, es decir, las preparaciones compuestas de carne, despojos (incluidos tripas y estómagos) o insectos, cortados en trocitos o picados, o de sangre, introducidos en tripas, estómagos, vejigas, piel o envolturas similares (naturales o artificiales). Algunos de estos productos en ocasiones pueden carecer de envoltura, pero se moldean en la forma característica, es decir, en forma cilíndrica o análoga de sección circular, oval o rectangular (con aristas más o menos redondeadas).
Los embutidos y productos similares pueden estar crudos o cocidos, incluso ahumados y haber sido adicionados de grasa, tocino, fécula, condimentos, especias, etc. Por otra parte, estas preparaciones pueden contener trozos relativamente gruesos de carne o despojos (por ejemplo, de la dimensión de un bocado). Los embutidos y productos similares se clasifican en esta partida, aunque estén cortados en lonchas o se presenten en recipientes herméticos.