Arbitraje internacional
Modo alternativo de resolución de disputas comerciales transfronterizas mediante árbitros privados cuyo laudo es vinculante y ejecutable.
El arbitraje internacional es un modo de resolución de disputas comerciales transfronterizas en el que las partes confían su diferencia a uno o varios árbitros privados en lugar de a los tribunales estatales. El laudo arbitral es definitivo y vinculante.
Las principales instituciones de arbitraje internacional son:
- ICC (París): la más utilizada para el comercio internacional
- LCIA (London Court of International Arbitration)
- SCC (Cámara de Comercio de Estocolmo): popular para litigios con Rusia
- SIAC (Singapore International Arbitration Centre): referencia en Asia
- HKIAC (Hong Kong International Arbitration Centre)
La ejecución de los laudos arbitrales internacionales está garantizada por la Convención de Nueva York de 1958, ratificada por más de 170 países.
Las ventajas del arbitraje frente a la justicia estatal incluyen la neutralidad, la especialización de los árbitros, la confidencialidad y la ejecución internacional facilitada.
La elección del arbitraje se realiza mediante una cláusula compromisoria insertada en el contrato comercial, o mediante un compromiso arbitral concluido tras el nacimiento del litigio.