Prueba de origen
Documento o declaración que acredita el origen de una mercancía, condición indispensable para beneficiarse de un trato arancelario preferencial a la importación.
Definición y principio
La prueba de origen es el documento o declaración que acredita el carácter originario de una mercancía en virtud de un acuerdo de libre comercio o un régimen preferencial. Su presentación a la importación es la condición sine qua non para beneficiarse de los derechos de aduana reducidos o nulos otorgados por el acuerdo.
Tipos de pruebas de origen
Las pruebas de origen en el sistema europeo comprenden:
- Certificado EUR.1: emitido y visado por las autoridades aduaneras del país exportador
- Certificado EUR-MED: versión EUR.1 para la zona PEM con mención de acumulación
- Declaración de origen (en factura): establecida por el exportador (autorizado, REX, o cualquier exportador bajo 6 000 EUR)
- Declaración de origen REX: en el marco del SPG y los acuerdos recientes
- Certificado ATR: para los intercambios UE-Turquía (libre práctica, no estrictamente origen)
- Certificado FORM A: para el SPG (en proceso de sustitución por el REX)
Marco jurídico
Cada acuerdo de libre comercio define en su protocolo de origen las pruebas de origen aceptadas, su período de validez y las condiciones de emisión. El CAU (artículos 55 y siguientes del Reglamento de Ejecución 2015/2447) enmarca las disposiciones generales. La validez es generalmente de 4 meses pero puede variar según el acuerdo.
Errores frecuentes
- Presentar una prueba de origen del tipo incorrecto (EUR.1 cuando solo se acepta una declaración de origen, y viceversa)
- Prueba de origen caducada: verificar sistemáticamente los plazos de validez
- Incoherencias entre la prueba de origen y los demás documentos de expedición (descripción, cantidades, peso)
- No conservar la documentación justificativa (declaraciones de proveedor, contabilidad de materias) en caso de control a posteriori