Régimen 42 (importación con exención de IVA)
Procedimiento que permite importar mercancías con exención de IVA cuando están destinadas a ser entregadas en otro Estado miembro de la UE.
El régimen 42 (código de régimen aduanero 42 00) designa una importación de mercancías con exención de IVA en la importación, cuando estas son inmediatamente objeto de una entrega intracomunitaria hacia otro Estado miembro de la UE. Este mecanismo evita la doble imposición: el IVA no se paga ni en el país de importación ni hasta la entrega final en el Estado miembro de destino.
Para beneficiarse del régimen 42, el importador debe demostrar que las mercancías son expedidas a un adquirente identificado en otro Estado miembro, titular de un número de IVA intracomunitario válido. El importador debe estar identificado a efectos de IVA en el Estado miembro de importación y poder probar el transporte intracomunitario.
Este régimen es particularmente utilizado en los hubs logísticos europeos (Países Bajos, Bélgica) donde las mercancías se despachan antes de su redistribución en toda la UE. Representa una ventaja significativa en términos de tesorería para los operadores, que no necesitan adelantar el IVA a la importación.
El régimen 42 es objeto de una vigilancia reforzada por las autoridades fiscales debido a los riesgos de fraude (falsas entregas intracomunitarias). La Comisión Europea y los Estados miembros han implementado mecanismos de control cruzado mediante el sistema VIES (VAT Information Exchange System).