RGI 1 y 6. Texto de los códigos NC 6912 00, 6912 00 25.
Se trata de un artículo de uso doméstico, es un articulo para el servicio de mesa o de cocina.
El bote con utensilios para la cocina no se puede considerar “mercancía presentada en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor”, en el sentido de la regla general 3 b), porque no satisfacen una necesidad específica, ni sirven para realizar una actividad determinada.
No cumple con lo establecido en las Directrices relativas a la clasificación en la nomenclatura combinada de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea el día 11-04-2013. (2013/C 105/01).
El punto 1) de la parte B) de estas directrices de surtidos estipulan lo siguiente:
“A efectos de la clasificación de juegos o surtidos, los diferentes artículos del juego o surtido están relacionados entre sí y está previsto que se utilicen conjuntamente o unos con otros a fin de satisfacer una necesidad específica o ejercer una actividad determinada”.
En el caso que nos ocupa la mercancía no satisface una necesidad especifica común, el bote sirve para contener los utensilios u otros objetos que se quieran guardar y los distintos utensilios sirven para cocinar, no realizan pues la misma actividad. Por ello no pueden clasificarse como surtido acondicionado para la venta al por menor y sí se clasifica objeto por objeto, cada uno de ellos en su correspondiente partida arancelaria, atendiendo a su materia constitutiva.
Nota 1 del capítulo 69.
Véanse Las NESA de la partida 6912.
Directrices relativas a la clasificación en la nomenclatura combinada de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea el día 11-04-2013. (2013/C 105/01).