RGI 1 y 6. Texto de los códigos de la NC 2002, 2002.10 y 2002.10.90
NESA del capítulo 20, apartado 6: Este capítulo comprende: (…)
6) Las hortalizas, frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados por procedimientos distintos de los contemplados en los Capítulos 7, 8 y 11 o en otra parte de la Nomenclatura.
NESA de la partida 2002: Esta partida comprende los tomates enteros o en trozos, excepto los tomates preparados o conservados en vinagre o ácido acético (partida 20.01) y los tomates presentados en las formas previstas en el Capítulo 7. Estos tomates se clasifican en esta partida cualquiera que sea el recipiente en el que estén acondicionados.
NENC de las partidas 2002 10 10 y 2002 10 90: Tomates enteros o en trozos. Estas subpartidas comprenden, principalmente, los tomates enteros o en trozos, incluso pelados, que se hayan conservado por esterilización
DO L 423/20, Reglamento de Ejecución (UE) 2080/20 para mitades de tomates saladas y secas:
La forma de presentación en la aduana, en este caso sea al vacío o en otra forma de presentación, no es relevante para su clasificación según los textos de la partida. Sí lo es el contenido de sal, como se indica en el DO L 423/20, Reglamento de Ejecución (UE) 2080/20, y los procesos no previstos en el capítulo 7.