CIP (Carriage and Insurance Paid To) - Incoterm 2020 - Obligaciones, Riesgos, Valor en aduana
C - Main carriage paid
Modo de transporte
Todos los modos
Grupo valoración
cpt
Transferencia de riesgos
First carrier
El Incoterm CIP (Carriage and Insurance Paid To - Transporte y seguro pagados hasta) es una regla Incoterms® 2020 que impone al vendedor la obligación de contratar y pagar el transporte Y el seguro de la mercancía hasta el lugar de destino convenido. Es el equivalente del CPT con una obligación de seguro adicional.
La particularidad fundamental del CIP es la disociación entre el punto de transferencia de riesgos y los costes (idéntica al CPT): los riesgos se transfieren al comprador desde la entrega al primer transportista, mientras que el vendedor asume los costes de transporte Y de seguro hasta el destino convenido.
Cambio importante Incoterms® 2020: en CIP, el vendedor debe ahora contratar un seguro conforme a las Cláusulas (A) de las Institute Cargo Clauses (cobertura «todo riesgo»), frente a las Cláusulas (C) (cobertura mínima) en la versión 2010. Es el nivel de seguro más elevado. No obstante, las partes pueden convenir un nivel de cobertura inferior.
CIP es utilizable para todos los modos de transporte (marítimo, aéreo, por carretera, ferroviario, multimodal). Es el Incoterm más completo del grupo C para el transporte multimodal, ofreciendo al comprador una protección combinada transporte + seguro.
El vendedor es responsable del despacho de exportación pero no tiene ninguna obligación en lo que respecta al despacho de importación ni al pago de los derechos de importación.
¿Qué nivel de seguro se requiere en CIP Incoterms 2020 - ICC A o ICC C?
En CIP Incoterms 2020, el vendedor debe contratar un seguro conforme a las Institute Cargo Clauses (A), que proporciona cobertura «todo riesgo». Es el nivel más elevado de seguro de carga disponible. El valor mínimo cubierto es el precio contractual incrementado en un 10 % (110 %), en la moneda del contrato.
¿Por qué CIP exige ICC A (todo riesgo) mientras que CIF solo exige ICC C?
La CCI elevó el CIP a las Institute Cargo Clauses (A) en los Incoterms 2020 porque el CIP se utiliza para el transporte multimodal, donde las mercancías están expuestas a riesgos más variados entre múltiples transportistas y puntos de manipulación. El CIF, reservado al transporte marítimo, mantuvo las ICC C (cobertura mínima) ya que generalmente se aplica a graneles donde el perfil de riesgo es diferente. Las partes pueden convenir contractualmente un nivel diferente.
¿Cuál es la diferencia entre las Institute Cargo Clauses A y C?
Las Institute Cargo Clauses (A) proporcionan cobertura «todo riesgo», asegurando contra todas las causas de pérdida o daño excepto exclusiones específicas (guerra, huelgas, vicio propio, retraso). Las Cláusulas (C) solo cubren riesgos nombrados: incendio, explosión, varadura/naufragio/zozobra del buque, colisión, echazón y avería gruesa. Las Cláusulas (C) no cubren robo, daños por agua, rotura ni daños de manipulación.
¿Paga el vendedor el seguro a todo riesgo en CIP?
Sí, el vendedor debe pagar el seguro ICC A (todo riesgo) a su propio cargo en CIP Incoterms 2020. El coste de las Cláusulas (A) es superior al de las Cláusulas (C), y el vendedor debe integrarlo en su tarificación. El seguro debe cubrir como mínimo el 110 % del valor contractual, desde la entrega al primer transportista hasta el destino convenido.
¿Pueden las partes acordar un nivel de seguro inferior a ICC A en CIP?
Sí, las partes son libres de convenir un nivel de cobertura inferior, como las Cláusulas (B) o las Cláusulas (C), estipulándolo explícitamente en el contrato. No obstante, si el contrato guarda silencio sobre el nivel de seguro, las Cláusulas (A) se aplican por defecto en CIP Incoterms 2020. Cualquier desviación debe documentarse claramente.
¿Por qué se recomienda CIP en lugar de CIF para envíos contenedorizados?
CIP se recomienda para contenedores porque transfiere el riesgo al comprador desde la entrega al primer transportista, que generalmente ocurre en la terminal de contenedores. En CIF, el riesgo solo se transfiere cuando la mercancía se coloca a bordo del buque, creando una laguna de cobertura entre la entrega en la terminal y la carga. CIP también ofrece ICC A (todo riesgo) frente a ICC C (mínima) en CIF.
¿Quién asume el riesgo durante el transporte en CIP - el vendedor o el comprador?
El comprador asume el riesgo durante el transporte en CIP. El riesgo pasa del vendedor al comprador desde la entrega de la mercancía al primer transportista, no en el destino. Sin embargo, el comprador está protegido por el seguro contratado por el vendedor (ICC A, todo riesgo). Si se produce un siniestro en tránsito, el comprador debe reclamar directamente ante el asegurador.
¿Cómo afecta el seguro CIP al valor en aduana en la UE?
El valor en aduana en la UE se basa en el valor CIF (coste + seguro + flete) en el punto de entrada en la UE. Si el destino CIP corresponde al punto de entrada en la UE, el precio CIP puede servir directamente como valor en aduana ya que incluye transporte y seguro. Pueden aplicarse ajustes menores si el destino se extiende más allá de la frontera de la UE.
¿Cuándo se transfiere el riesgo del vendedor al comprador en CIP?
El riesgo se transfiere en CIP cuando el vendedor entrega la mercancía al primer transportista contratado para el transporte. Este es el lugar de entrega, distinto del lugar de destino hasta el cual el vendedor paga transporte y seguro. Si intervienen varios transportistas y no se ha convenido un punto de entrega específico, el riesgo se transfiere con la entrega al primer transportista de la cadena.
¿Cuál es la diferencia entre CIP y CPT?
La única diferencia entre CIP y CPT es la obligación de seguro. En CIP, el vendedor debe contratar un seguro de carga conforme a las ICC A (todo riesgo) a su propio cargo. En CPT, el vendedor no tiene ninguna obligación de seguro. Ambas reglas transfieren el riesgo en el mismo punto (primer transportista) y pueden utilizarse para cualquier modo de transporte.
¿Cubre el CIP los riesgos de guerra y huelgas?
Los riesgos de guerra y huelgas no están incluidos automáticamente en la obligación de seguro CIP. Las Institute Cargo Clauses (A) excluyen por defecto la guerra y las huelgas. Si el comprador solicita estas coberturas adicionales, el vendedor debe contratarlas (si están disponibles), pero a cargo del comprador. La necesidad de cobertura de guerra y huelgas debe especificarse en el contrato.
¿Puede el comprador reclamar directamente ante el asegurador en CIP?
Sí, la póliza de seguro debe otorgar al comprador, o a cualquier persona con interés asegurable en la mercancía, el derecho de reclamar directamente ante el asegurador. El vendedor debe proporcionar al comprador la póliza o el certificado de seguro como prueba de cobertura. Este derecho de reclamación directa es esencial ya que el vendedor no es parte en ninguna reclamación por siniestro en tránsito.
¿Cuál es el valor mínimo de seguro requerido en CIP?
El vendedor debe asegurar la mercancía por al menos el precio contractual incrementado en un 10 %, es decir, el 110 % del valor del contrato. El seguro debe estar denominado en la moneda del contrato. Este mínimo del 110 % se aplica a todos los Incoterms con obligación de seguro (CIP y CIF). Las partes pueden convenir un valor asegurado superior.
¿Puede utilizarse CIP para el transporte marítimo?
Sí, CIP puede utilizarse para cualquier modo de transporte, incluido el marítimo. Aunque CIF se utiliza tradicionalmente para envíos exclusivamente marítimos, CIP es una alternativa válida que ofrece una cobertura de seguro superior (ICC A frente a ICC C). CIP se recomienda especialmente frente a CIF para envíos marítimos contenedorizados, donde el punto de transferencia de riesgo al primer transportista es más apropiado.
¿Quién paga el transporte en CIP?
El vendedor paga el transporte en CIP, desde el lugar de entrega hasta el lugar de destino convenido. El vendedor debe celebrar un contrato de transporte en las condiciones habituales, por la ruta usual, de la manera acostumbrada para el tipo de mercancía. El vendedor también paga los requisitos de seguridad relacionados con el transporte hasta el destino.
¿Qué ocurre si el país de destino exige un seguro local en CIP?
Si el país de destino exige que el seguro de carga se contrate con un asegurador local, el seguro contratado por el vendedor en su propio país puede no ser reconocido ni ser oponible. En tal caso, las partes deberían utilizar CPT en lugar de CIP, permitiendo al comprador contratar el seguro localmente en conformidad con la normativa local.
Errores frecuentes
1Confundir CIP y CIF: CIP es para todos los modos con Cláusulas (A), CIF es únicamente marítimo con Cláusulas (C).
2No verificar si el país de destino exige un seguro contratado localmente, lo que puede hacer inoperante el seguro del vendedor.
3Olvidar que el riesgo se transfiere al transportista y no en destino, a pesar del seguro - el comprador debe gestionar la reclamación.
Obligaciones vendedor vs comprador
Obligación
Vendedor
Comprador
Formalidades exportación
Carga
Transporte principal
Seguro transporte
Descarga
Formalidades importación
Diagrama de transferencia de riesgos
Notas explicativas ICC
Entrega, riesgos y destino
En CIP, «Transporte y seguro pagados hasta» significa que el vendedor entrega la mercancía - y transfiere el riesgo - al comprador entregándola al transportista que ha contratado, o procurándose mercancías así entregadas.
Al igual que en CPT, una vez entregada la mercancía, el vendedor no garantiza que la mercancía llegará al destino en buen estado. El riesgo se transfiere del vendedor al comprador desde la entrega al transportista. Sin embargo, el vendedor debe contratar tanto el transporte COMO el seguro desde la entrega hasta el destino convenido.
Dos lugares importantes:
El lugar de entrega: donde el riesgo se transfiere al comprador (entrega al transportista).
El lugar de destino: hasta donde el vendedor paga el transporte y el seguro.
Modo de transporte aplicable
CIP puede utilizarse independientemente del modo de transporte elegido, incluido el transporte multimodal. Es el equivalente «todos los modos» del CIF (Cost, Insurance and Freight), que está reservado al transporte marítimo.
Obligación de seguro - Cláusulas (A)
El vendedor debe contratar, a su propio cargo, un seguro de mercancías conforme a las Cláusulas (A) de las Institute Cargo Clauses (LMA/IUA) o cláusulas similares, adaptadas al modo de transporte utilizado. El seguro debe contratarse con aseguradores de buena reputación.
Cobertura mínima:
Valor del contrato más el 10 % (es decir, el 110 %), en la moneda del contrato.
Desde el punto de entrega (A2) hasta el lugar de destino convenido como mínimo.
Coberturas adicionales: a solicitud del comprador, el vendedor debe proporcionar, a cargo del comprador, toda cobertura adicional disponible (cláusulas de Guerra, cláusulas de Huelgas).
Cambio Incoterms® 2020: a diferencia de la versión 2010, CIP exige ahora las Cláusulas (A) (todo riesgo) en lugar de las Cláusulas (C) (cobertura mínima). Es el nivel de seguro más elevado entre los Incoterms. Las partes siguen siendo libres de convenir un nivel de cobertura inferior.
Atención: algunos países exigen que el seguro se contrate localmente. En tal caso, las partes deberían considerar la compra bajo CPT en su lugar.
Precisión del lugar de entrega y de destino
Se recomienda encarecidamente a las partes que identifiquen los dos lugares (entrega y destino) con la mayor precisión posible, ya que es hasta ese punto donde el vendedor debe contratar el transporte Y el seguro, y es el punto hasta el cual los costes de transporte y seguro corren a cargo del vendedor.
Lugar de entrega: si intervienen varios transportistas y las partes no convienen un lugar preciso, el riesgo se transfiere en el momento de la entrega al primer transportista.
Costes de descarga en destino: si el vendedor incurre en gastos de descarga en destino en el marco de su contrato de transporte, no tiene derecho a recuperarlos por separado del comprador, salvo acuerdo en contrario.
Puntos de atención críticos
Disociación riesgos / costes a pesar del seguro
El riesgo se transfiere al transportista aunque el vendedor pague transporte + seguro - diferente de un DDP.
Incluso en CIP, el riesgo se transfiere al comprador desde la entrega al primer transportista, no en destino. El vendedor paga el transporte y el seguro hasta el destino, pero no asume el riesgo durante el transporte.
Esto significa que si se produce un siniestro durante el transporte, es el comprador quien debe hacer valer sus derechos ante el asegurador. El vendedor no es parte en la reclamación.
Ventaja: el comprador está cubierto por el seguro contratado por el vendedor, por lo que dispone de un recurso financiero. Pero debe gestionar él mismo la reclamación.
Recomendación: verificar que el seguro contratado por el vendedor otorgue al comprador (o a cualquier persona con interés asegurable) el derecho de reclamar directamente ante el asegurador.
Nivel de seguro Cláusulas (A) - todo riesgo
CIP 2020 exige las Cláusulas (A) (todo riesgo) - cambio importante respecto a 2010.
Cambio Incoterms® 2020: en CIP, el vendedor debe ahora contratar un seguro conforme a las Cláusulas (A) de las Institute Cargo Clauses - es la cobertura más amplia («todo riesgo»).
Comparación de los niveles de cobertura:
Cláusulas (A): cobertura todo riesgo (salvo exclusiones específicas como guerra, huelgas). Es el nivel requerido en CIP 2020.
Cláusulas (C): cobertura mínima (riesgos nombrados limitados). Era el nivel requerido en CIP 2010.
Atención: las partes pueden convenir un nivel de cobertura inferior. Si el contrato no menciona nada, las Cláusulas (A) se aplican por defecto.
Coste: las Cláusulas (A) son más costosas que las Cláusulas (C). El vendedor debe tenerlo en cuenta en su tarificación.
Exigencia de seguro local en ciertos países
Algunos países exigen que el seguro se contrate localmente - CIP puede plantear problemas.
En algunos países, la normativa exige que el seguro de carga se contrate con un asegurador local. El vendedor, que contrata el seguro desde su país, puede verse en la imposibilidad de satisfacer esta exigencia.
Consecuencia: el seguro contratado por el vendedor podría no ser reconocido u oponible en el país de destino.
Recomendación: en este caso, las partes deberían considerar la compra bajo CPT y dejar que el comprador contrate el seguro localmente en su país.
Obligaciones detalladas del vendedor (A1-A10)
Artículo A1Obligaciones generales
El vendedor debe proporcionar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda requerir el contrato.
Todo documento a proporcionar por el vendedor puede ser en papel o en formato electrónico, según lo convenido o, en su defecto, según los usos.
Artículo A2Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola en poder del transportista contratado de conformidad con A4, o procurándose mercancías así entregadas. En ambos casos, el vendedor debe entregar la mercancía en la fecha acordada o dentro del plazo convenido.
Artículo A3Transferencia de riesgos
El vendedor soporta todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta que haya sido entregada de acuerdo con A2, salvo pérdidas o daños en las circunstancias descritas en B3.
Artículo A4Transporte
El vendedor debe celebrar o procurarse un contrato de transporte de la mercancía desde el punto de entrega convenido, en su caso, en el lugar de entrega hasta el lugar de destino convenido o, si se ha acordado, cualquier punto en dicho lugar.
El contrato de transporte debe celebrarse en las condiciones habituales, a cargo del vendedor, y debe prever un transporte por la ruta habitual y de la manera usual para el tipo de mercancía vendida. Si no se ha convenido un punto específico ni se determina por los usos, el vendedor puede elegir el punto de entrega y el punto en el lugar de destino que mejor le convengan.
El vendedor debe cumplir con toda exigencia de seguridad relacionada con el transporte hasta el destino.
Artículo A5Seguro
Salvo acuerdo o uso en contrario en el comercio considerado, el vendedor debe contratar a su propio cargo un seguro de mercancías conforme a las Cláusulas (A) de las Institute Cargo Clauses (LMA/IUA) o cláusulas similares adaptadas al modo de transporte utilizado.
El seguro debe contratarse con aseguradores o una compañía de seguros de buena reputación y debe otorgar al comprador, o a cualquier otra persona con interés asegurable en la mercancía, el derecho de reclamar directamente ante el asegurador.
A solicitud del comprador, el vendedor debe, siempre que el comprador facilite toda la información necesaria, contratar a cargo del comprador toda cobertura adicional disponible, como las cláusulas de Guerra y/o las cláusulas de Huelgas de las Institute (LMA/IUA) (salvo que dichas coberturas ya estén incluidas en el seguro de carga).
El seguro debe cubrir, como mínimo, el precio contractual incrementado en un 10 % (es decir, el 110 %) y debe estar en la moneda del contrato.
El seguro debe cubrir la mercancía desde el punto de entrega (A2) hasta el lugar de destino convenido como mínimo.
El vendedor debe proporcionar al comprador la póliza de seguro o el certificado o cualquier otra prueba de cobertura de seguro.
El vendedor debe además proporcionar al comprador, a solicitud y a riesgo y cargo de este, la información que el comprador necesite para contratar cualquier seguro adicional.
Artículo A6Documento de entrega / transporte
Si es habitual o a solicitud del comprador, el vendedor debe proporcionar al comprador, a su propio cargo, el (los) documento(s) de transporte habitual(es) para el transporte contratado de conformidad con A4.
Este documento de transporte debe cubrir las mercancías del contrato y estar fechado dentro del plazo convenido para la expedición. Si así se ha convenido o es habitual, el documento debe permitir además al comprador reclamar las mercancías al transportista en el lugar de destino convenido y revenderlas en tránsito mediante la transferencia del documento a un comprador ulterior o mediante notificación al transportista.
Cuando dicho documento de transporte se emite en forma negociable y en varios originales, debe entregarse al comprador un juego completo de originales.
Artículo A7Despacho de exportación / importación
a) Despacho de exportación: en su caso, el vendedor debe realizar y pagar todos los trámites de despacho de exportación requeridos por el país de exportación, tales como:
licencia de exportación;
habilitación de seguridad para la exportación;
inspección previa al embarque;
cualquier otra autorización oficial.
b) Asistencia en el despacho de importación: en su caso, el vendedor debe asistir al comprador, a solicitud y a riesgo y cargo de este, para la obtención de todo documento y/o información relativos a los trámites de despacho en tránsito/importación, incluidos los requisitos de seguridad y la inspección previa al embarque, necesarios en cualquier país de tránsito o en el país de importación.
Artículo A8Verificación / embalaje / marcado
El vendedor debe pagar los costes de las operaciones de verificación (calidad, medición, pesaje, recuento) necesarias para la entrega de la mercancía de conformidad con A2.
El vendedor debe, a su propio cargo, embalar la mercancía, a menos que sea habitual en el comercio considerado expedir el tipo de mercancía vendida sin embalar. El vendedor debe embalar y marcar la mercancía de la forma apropiada para su transporte, salvo que las partes hayan convenido requisitos específicos de embalaje o marcado.
Artículo A9Reparto de costes
El vendedor debe pagar:
a) Todos los costes relativos a la mercancía hasta su entrega de conformidad con A2, salvo los que correspondan al comprador (B9).
b) El transporte y todos los demás costes derivados de A4, incluidos los costes de carga y los costes de seguridad relacionados con el transporte.
c) Los costes de descarga en el lugar de destino convenido, pero únicamente si dichos costes corren a cargo del vendedor en el marco del contrato de transporte.
d) Los costes de tránsito a cargo del vendedor en el marco del contrato de transporte.
e) Los costes de la prueba habitual proporcionada al comprador (A6) que acredite que la mercancía ha sido entregada.
f) Los costes de seguro derivados de A5.
g) En su caso, los derechos, impuestos y otros gastos relacionados con el despacho de exportación (A7a).
h) El reembolso al comprador de todos los costes relacionados con la asistencia prestada para la obtención de documentos e información de conformidad con B7(a).
Artículo A10Avisos
El vendedor debe notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A2.
El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario para que pueda recepcionar la mercancía.
Obligaciones detalladas del comprador (B1-B10)
Artículo B1Obligaciones generales
El comprador debe pagar el precio de la mercancía de conformidad con el contrato de compraventa.
Todo documento a proporcionar por el comprador puede ser en papel o en formato electrónico, según lo convenido o, en su defecto, según los usos.
Artículo B2Recepción de la entrega
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A2 y recepcionarla del transportista en el lugar de destino convenido o, si se ha acordado, en el punto dentro de dicho lugar.
Artículo B3Transferencia de riesgos
El comprador soporta todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento de su entrega de acuerdo con A2.
Si el comprador no comunica el aviso de conformidad con B10, soporta todos los riesgos de pérdida o daño desde la fecha acordada o desde la expiración del plazo acordado para la entrega, siempre que la mercancía haya sido claramente identificada como la mercancía objeto del contrato.
Artículo B4Transporte
El comprador no tiene obligación alguna frente al vendedor de celebrar un contrato de transporte.
Artículo B5Seguro
El comprador no tiene obligación alguna frente al vendedor de celebrar un contrato de seguro. No obstante, el comprador debe facilitar al vendedor, a solicitud de este, toda la información necesaria para que el vendedor pueda contratar cualquier seguro adicional solicitado por el comprador de conformidad con A5.
Artículo B6Documento de entrega / transporte
El comprador debe aceptar el documento de transporte proporcionado de conformidad con A6 si es conforme al contrato.
Artículo B7Despacho de exportación / importación
a) Asistencia en el despacho de exportación: en su caso, el comprador debe asistir al vendedor, a solicitud y a riesgo y cargo del vendedor, para la obtención de todo documento y/o información relativos a los trámites de despacho de exportación, incluidos los requisitos de seguridad y la inspección previa al embarque, necesarios en el país de exportación.
b) Despacho de importación: en su caso, el comprador debe realizar y pagar todos los trámites requeridos por cualquier país de tránsito y el país de importación, tales como:
licencia de importación y toda licencia necesaria para el tránsito;
habilitación de seguridad para la importación y cualquier tránsito;
inspección previa al embarque;
cualquier otra autorización oficial.
Artículo B8Verificación / embalaje / marcado
El comprador no tiene obligación alguna frente al vendedor.
Artículo B9Reparto de costes
El comprador debe pagar:
a) Todos los costes relativos a la mercancía desde su entrega de conformidad con A2, salvo los que correspondan al vendedor (A9).
b) Los costes de tránsito, salvo que dichos costes estuvieran a cargo del vendedor en el marco del contrato de transporte.
c) Los costes de descarga, salvo que dichos costes estuvieran a cargo del vendedor en el marco del contrato de transporte.
d) Los costes de cualquier seguro adicional contratado a solicitud del comprador de conformidad con A5 y B5.
e) El reembolso al vendedor de todos los costes relacionados con la asistencia prestada para la obtención de documentos e información de conformidad con A5 y A7(b).
f) En su caso, los derechos, impuestos y otros gastos relacionados con el tránsito o el despacho de importación (B7b).
g) Cualquier coste adicional incurrido si no comunica el aviso de conformidad con B10, desde la fecha acordada o desde la expiración del plazo acordado para la expedición, siempre que la mercancía haya sido claramente identificada como la mercancía objeto del contrato.
Artículo B10Avisos
El comprador debe, siempre que se haya convenido que tiene derecho a determinar el momento de la expedición y/o el punto de recepción de la mercancía en el lugar de destino convenido, comunicar al vendedor un aviso con suficiente antelación.
Comparación CIP vs CPT
Critère
CIP
CPT
Seguro
Vendedor contrata (Cláusulas A - todo riesgo)
Ninguna obligación
Transporte
Vendedor organiza y paga
Vendedor organiza y paga
Transferencia de riesgos
Al primer transportista
Al primer transportista
Coste para el vendedor
Transporte + exportación + seguro
Transporte + exportación
Protección del comprador
Cubierto por el seguro del vendedor
Debe contratar su propio seguro
Critère
CIP
CIF
Modo de transporte
Todos los modos (multimodal incluido)
Marítimo únicamente
Nivel de seguro
Cláusulas (A) - todo riesgo
Cláusulas (C) - cobertura mínima
Transferencia de riesgos
Al primer transportista
A bordo del buque en el puerto de embarque
Uso típico
Contenedores, multimodal, aéreo
Graneles marítimos, materias primas
Documento de transporte
Cualquier documento de transporte
Conocimiento de embarque marítimo
Impacto en el valor en aduana
El Incoterm CIP pertenece al grupo CPT. Este grupo determina qué ajustes (AK/BA) se aplican al precio facturado para calcular el valor en aduana.
Transporte multimodal con seguro: ideal cuando el vendedor debe organizar transporte Y seguro (contenedores, flete aéreo internacional).
Cuando el comprador desea estar cubierto: CIP ofrece la mejor cobertura de seguro entre los Incoterms del grupo C (Cláusulas A - todo riesgo).
Alternativa al CIF para el transporte no marítimo: CIP es el equivalente «todos los modos» del CIF.
Cuando el vendedor tiene mejores condiciones: el vendedor puede obtener mejores tarifas de transporte Y seguro gracias a su volumen.
Cuándo evitar CIP
Si el país de destino exige un seguro local: el seguro contratado por el vendedor podría no ser reconocido. Utilizar CPT y dejar que el comprador contrate localmente.
Si el comprador desea controlar el transporte: utilizar FCA.
Si el comprador desea un Incoterm «entregado en destino»: utilizar DAP, DPU o DDP.
En transporte marítimo puro: considerar CIF (pero atención: CIF solo exige las Cláusulas C, frente a las Cláusulas A en CIP).
Cláusulas contractuales recomendadas
Dos lugares distintos: especificar claramente el lugar de entrega (transferencia de riesgos) y el lugar de destino (fin de los costes del vendedor).
Nivel de seguro: confirmar Cláusulas (A) o convenir un nivel diferente si las partes lo desean.
Seguro adicional: precisar si se necesitan coberturas de Guerra o Huelgas.
Beneficiario del seguro: asegurarse de que el comprador tenga derecho a reclamar directamente ante el asegurador.
Punto preciso de destino: identificar el punto exacto para delimitar los costes del vendedor.
Análisis por perfil
Ventajas
Obligations limitées. L'acheteur n'est pas en charge des sujets de logistique liés au transport.
Inconvenientes
L'acheteur ne choisit pas les prestataires de transport mais supporte les risques une fois les marchandises placées sur le premier moyen de transport.
Recomendaciones
Attention, il convient de distinguer précisément le lieu de livraison (= transfert des risques) du lieu de destination (= répartition des coûts).
Si l'acheteur est le plus à même de réaliser le transport international, il conviendra de choisir un autre incoterm.
Si l'acheteur a des couvertures d'assurance intéressantes, l'Incoterm CPT est à privilégier.
Importante : Se recomienda un seguro de transporte para este Incoterm.
Análisis comparativo (radar)
CIP
Comparar con
Errores frecuentes
1
Confundir CIP y CIF: CIP es para todos los modos con Cláusulas (A), CIF es únicamente marítimo con Cláusulas (C).
2
No verificar si el país de destino exige un seguro contratado localmente, lo que puede hacer inoperante el seguro del vendedor.
3
Olvidar que el riesgo se transfiere al transportista y no en destino, a pesar del seguro - el comprador debe gestionar la reclamación.
4
No solicitar al vendedor la póliza de seguro o el certificado, impidiendo al comprador reclamar directamente.
5
No precisar el nivel de seguro deseado en el contrato, aceptando por defecto las Cláusulas (A) cuando un nivel inferior podría ser suficiente.
CIP 2020: seguro ICC A todo riesgo (no ICC C) - The Trade Hub