CPT (Carriage Paid To) - Incoterm 2020 - Obligaciones, Riesgos, Valor en aduana
C - Main carriage paid
Modo de transporte
Todos los modos
Grupo valoración
cpt
Transferencia de riesgos
First carrier
El Incoterm CPT (Carriage Paid To - Transporte pagado hasta) es una regla Incoterms® 2020 que impone al vendedor la obligación de contratar y pagar el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino convenido. El vendedor entrega la mercancía al transportista que ha contratado, y no en el destino.
La particularidad fundamental del CPT es la disociación entre el punto de transferencia de riesgos y el punto hasta donde el vendedor paga el transporte. Los riesgos se transfieren al comprador en el momento de la entrega al primer transportista (en el lugar de entrega), mientras que el vendedor asume los costes de transporte hasta el destino convenido.
CPT es utilizable para todos los modos de transporte (marítimo, aéreo, por carretera, ferroviario, multimodal). Es un Incoterm especialmente adecuado para el transporte multimodal y los envíos en contenedores.
El vendedor es responsable del despacho de exportación pero no tiene ninguna obligación en relación con el despacho de importación ni con el pago de los derechos de importación. El vendedor no tiene obligación alguna de contratar un seguro (a diferencia del CIP).
En CPT, dos lugares son esenciales: el lugar de entrega (transferencia de riesgos) y el lugar de destino (hasta donde el vendedor paga el transporte). Las partes deben identificarlos con la mayor precisión posible para evitar cualquier ambigüedad.
¿Cuándo se transfiere el riesgo del vendedor al comprador en CPT?
En CPT Incoterms 2020, el riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía se entrega al primer transportista contratado por el vendedor. Este es el lugar de entrega, que normalmente se encuentra mucho antes de que la mercancía llegue al destino convenido. Si intervienen varios transportistas en transporte multimodal y no se ha acordado un punto de entrega específico, el riesgo se transfiere en el punto de entrega al primer transportista.
¿Por qué los puntos de transferencia de riesgo y de costes son diferentes en CPT?
En CPT, el riesgo se transfiere en el lugar de entrega (entrega al primer transportista) mientras que el vendedor paga el transporte hasta el destino convenido. Esta disociación significa que la mercancía viaja a riesgo del comprador pero a cargo del vendedor entre la entrega y el destino. Es la particularidad más importante y más incomprendida del CPT. El comprador debería por tanto contratar un seguro de transporte que cubra el trayecto entre el lugar de entrega y el destino.
¿Quién paga el transporte en CPT pero quién soporta el riesgo?
El vendedor paga el transporte desde el lugar de entrega hasta el destino convenido. Sin embargo, el comprador soporta el riesgo de pérdida o daño desde el momento en que la mercancía se entrega al primer transportista. Esto significa que si la mercancía sufre daños durante el transporte principal, es la pérdida del comprador aunque el vendedor haya pagado el transporte. El comprador debería siempre contratar un seguro de transporte para cubrir este desfase.
¿Cuál es la diferencia entre CPT y CIP Incoterms 2020?
La única diferencia significativa es el seguro. En CIP, el vendedor debe contratar un seguro de transporte que cubra los riesgos del comprador al menos con las Cláusulas A (todo riesgo) desde los Incoterms 2020. En CPT, el vendedor no tiene ninguna obligación de seguro. En todos los demás aspectos - entrega, transferencia de riesgos, transporte, despacho de exportación - las dos reglas son idénticas. Utilizar CIP cuando el comprador desee que el vendedor contrate el seguro.
¿Necesita el vendedor asegurar la mercancía en CPT?
No, el vendedor no tiene obligación contractual de contratar un seguro en CPT. Sin embargo, dado que el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega al primer transportista, el comprador está expuesto a pérdidas potenciales durante todo el transporte principal sin cobertura de seguro contractual. El comprador debería contratar sistemáticamente un seguro de transporte. Si las partes desean que el vendedor gestione el seguro, deben utilizar CIP en lugar de CPT.
¿Quién paga los costes de descarga en destino en CPT?
Si los costes de descarga en destino están incluidos en el contrato de transporte del vendedor, el vendedor los asume y no puede recuperarlos separadamente del comprador, salvo acuerdo en contrario. Si dichos costes no están incluidos en el contrato de transporte, corresponden al comprador. La asignación de los costes de descarga debería aclararse en el contrato de compraventa para evitar litigios a la llegada.
¿Puede utilizarse CPT para el transporte marítimo?
Sí, CPT puede utilizarse para cualquier modo de transporte, incluido el marítimo, aéreo, por carretera, ferroviario y multimodal. Sin embargo, para el transporte exclusivamente marítimo, las partes pueden preferir el CFR (Cost and Freight) que está específicamente diseñado para el transporte por mar y vías navegables interiores. CPT es el equivalente «todos los modos» del CFR y es especialmente adecuado para envíos en contenedores y multimodales.
¿Cómo afecta el CPT al valor en aduana para la importación?
El precio CPT incluye el transporte hasta el destino convenido y los gastos de exportación, pero excluye el seguro. A efectos de valoración en aduana (base CIF en la UE), si el destino CPT está en la UE, el elemento flete ya está incluido en el precio; sin embargo, debe añadirse un elemento de seguro para alcanzar el valor CIF. Si el destino está más allá de la frontera de la UE, pueden ser necesarios ajustes según la situación específica.
¿Cuál es la diferencia entre CPT y CFR?
CPT y CFR comparten el mismo concepto de disociación costes/riesgos: el vendedor paga el transporte hasta destino mientras que el riesgo se transfiere al entregar al transportista. La diferencia clave es el modo de transporte. CFR está reservado al transporte marítimo y por vías navegables interiores, mientras que CPT puede utilizarse para cualquier modo de transporte, incluido el multimodal. Para mercancías en contenedores entregadas al transportista en un depósito interior antes de cargarlas en un buque, CPT es más apropiado que CFR.
¿Cuándo debe utilizarse CPT en lugar de CIP?
CPT debe utilizarse en lugar de CIP cuando el comprador prefiere contratar su propia póliza de seguro, obteniendo potencialmente una mejor cobertura o mejores tarifas. CPT es también apropiado cuando el comprador ya dispone de una póliza de seguro de carga global que cubre todas sus importaciones. Si el comprador no tiene cobertura de seguro existente y se beneficiaría de que el vendedor la contratara, CIP es la mejor opción.
¿Quién gestiona el despacho de exportación en CPT?
El vendedor debe cumplir y pagar todas las formalidades de despacho de exportación requeridas por el país de exportación, incluidas las licencias de exportación, habilitaciones de seguridad e inspecciones previas al embarque. El vendedor no tiene obligación alguna respecto al despacho de importación - es responsabilidad del comprador. El vendedor debe asistir al comprador con los documentos de importación si se le solicita, pero a riesgo y cuenta del comprador.
¿Cuáles son las obligaciones completas del vendedor en CPT?
El vendedor debe entregar la mercancía al primer transportista, organizar y pagar el transporte hasta el destino convenido, gestionar el despacho de exportación, soportar todos los riesgos hasta la entrega al transportista y proporcionar al comprador el documento de transporte habitual. El vendedor debe también notificar al comprador de la entrega y facilitar la información necesaria para contratar un seguro. El vendedor no tiene obligación de contratar seguro ni de gestionar el despacho de importación.
¿Puede utilizarse CPT para el transporte multimodal?
Sí, CPT es especialmente adecuado para el transporte multimodal que combina varios modos (por ejemplo, carretera + mar + carretera, o ferrocarril + mar). Esta es una de sus ventajas principales frente a los Incoterms exclusivamente marítimos como CFR y CIF. Cuando intervienen varios transportistas, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega al primer transportista, salvo que las partes acuerden un punto de entrega diferente.
¿Cómo debe especificarse el destino CPT en un contrato?
La formulación correcta es «CPT [lugar de destino convenido] Incoterms 2020», por ejemplo: «CPT Shanghái, China - Incoterms 2020» o «CPT Almacén X, 200 Port Road, Shanghái - Incoterms 2020». Se recomienda encarecidamente precisar también el lugar de entrega (punto de transferencia de riesgos) en el contrato, especialmente para el transporte multimodal, para evitar ambigüedades sobre dónde se transfiere el riesgo al comprador.
¿Qué sucede si la mercancía se daña después de la entrega al primer transportista?
El comprador soporta la pérdida, ya que el riesgo le fue transferido en el momento de la entrega al primer transportista. Aunque el vendedor haya contratado y pagado el transporte, no es responsable de los daños ocurridos después de la entrega al transportista. El comprador debe reclamar a su propio asegurador (si lo tiene) o al transportista en virtud del contrato de transporte. Por ello, el seguro de transporte se recomienda encarecidamente para el comprador en CPT.
¿Es CPT adecuado para envíos en contenedores?
Sí, CPT es especialmente adecuado para envíos en contenedores, sobre todo los que implican transporte multimodal. Cuando la mercancía se embala en contenedores y se entrega al primer transportista en un depósito interior o terminal de contenedores (en lugar de cargarse a bordo de un buque), CPT es más apropiado que el CFR exclusivamente marítimo. El riesgo se transfiere cuando el contenedor se entrega al primer transportista, proporcionando claridad logística para los envíos en contenedores.
Errores frecuentes
1Confundir el lugar de entrega (transferencia de riesgos) con el lugar de destino (fin de los costes del vendedor), creyendo que el vendedor es responsable hasta el destino.
2No contratar un seguro de transporte cuando el comprador soporta los riesgos desde la entrega al primer transportista.
3No especificar con precisión los dos lugares (entrega y destino), dejando que el vendedor elija los puntos que más le convengan.
Obligaciones vendedor vs comprador
Obligación
Vendedor
Comprador
Formalidades exportación
Carga
Transporte principal
Seguro transporte
Descarga
Formalidades importación
Diagrama de transferencia de riesgos
Notas explicativas ICC
Entrega, riesgos y destino
En CPT, «Transporte pagado hasta» significa que el vendedor entrega la mercancía - y transfiere el riesgo - al comprador entregándola al transportista que ha contratado, o procurándose mercancías así entregadas.
Una vez entregada la mercancía de esta manera, el vendedor no garantiza que la mercancía llegará al destino en buen estado, en la cantidad declarada, ni siquiera que llegará. El riesgo se transfiere del vendedor al comprador en el momento de la entrega al transportista. Sin embargo, el vendedor debe contratar el transporte desde la entrega hasta el destino convenido.
Ejemplo: unas mercancías se entregan a un transportista en Lyon para su envío a Shanghái. La entrega (transferencia de riesgos) tiene lugar en Lyon; no obstante, el vendedor debe celebrar un contrato de transporte hasta Shanghái.
Punto clave: en CPT, existen dos lugares importantes:
El lugar de entrega: donde el riesgo se transfiere al comprador (entrega al transportista).
El lugar de destino: hasta donde el vendedor paga el transporte.
Modo de transporte aplicable
CPT puede utilizarse independientemente del modo de transporte elegido, incluido el transporte multimodal. Esta es una de sus ventajas principales frente a los Incoterms exclusivamente marítimos (CFR, CIF).
CPT es el equivalente «todos los modos» del CFR (Cost and Freight), que está reservado al transporte marítimo.
Precisión del lugar de entrega y de destino
Se recomienda encarecidamente a las partes que identifiquen los dos lugares (entrega y destino) con la mayor precisión posible en el contrato de compraventa.
Lugar de entrega: si intervienen varios transportistas (transporte multimodal) y las partes no convienen un lugar de entrega preciso, la posición por defecto es que el riesgo se transfiere cuando la mercancía se entrega al primer transportista, en un punto enteramente elegido por el vendedor. Si las partes desean que el riesgo se transfiera en un momento posterior (por ejemplo, en el puerto o en el aeropuerto), deben especificarlo en su contrato.
Lugar de destino: es el punto hasta el cual el vendedor debe contratar el transporte y hasta el cual los gastos de transporte corren a su cargo. Las partes deben identificar este punto con la mayor precisión posible.
Costes de descarga en destino: si el vendedor incurre en costes de descarga en destino en el marco de su contrato de transporte, no tiene derecho a recuperarlos separadamente del comprador, salvo acuerdo en contrario.
Puntos de atención críticos
Disociación riesgos / costes
El riesgo se transfiere al transportista pero el vendedor paga el transporte hasta destino - fuente de confusión.
La particularidad más importante y más desconcertante del CPT es la disociación entre el punto de transferencia de riesgos y el punto de transferencia de costes:
Riesgos: transferidos al comprador en el momento de la entrega al primer transportista (lugar de entrega).
Costes: asumidos por el vendedor hasta el destino convenido.
Esto significa que, entre el lugar de entrega y el destino, la mercancía viaja a riesgo del comprador pero a cargo del vendedor. Si la mercancía sufre daños durante el transporte principal, es el comprador quien soporta la pérdida - aunque el vendedor haya pagado el transporte.
Recomendación: el comprador debe contratar imperativamente un seguro de transporte que cubra el trayecto entre el lugar de entrega y el destino. Al no tener el vendedor ninguna obligación de seguro en CPT, corresponde al comprador protegerse. Si el comprador desea que el vendedor contrate el seguro, utilizar CIP en su lugar.
Elección del transportista por el vendedor
El vendedor elige el transportista - el comprador no tiene control sobre el transporte.
En CPT, es el vendedor quien elige y contrata al transportista. El comprador no tiene ningún control sobre:
La elección del transportista
El itinerario seguido
Las condiciones de transporte
El vendedor debe celebrar el contrato de transporte en las condiciones habituales, a su propia cuenta, por la ruta habitual y de la manera usual para el tipo de mercancía vendida.
Punto de atención: si el vendedor no conviene un punto preciso de entrega o de destino, puede elegir los que mejor le convengan. El comprador tiene todo el interés en negociar estos puntos en el contrato.
Recomendación: definir en el contrato el transportista o los criterios de selección del transportista, y especificar con precisión los puntos de entrega y de destino.
Ausencia de obligación de seguro
Ni el vendedor ni el comprador están obligados a contratar un seguro - riesgo para el comprador.
En CPT, el vendedor no tiene ninguna obligación frente al comprador de celebrar un contrato de seguro. Tampoco el comprador tiene obligación alguna frente al vendedor.
Dado que el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega al transportista (a menudo mucho antes de la llegada al destino), el comprador soporta el riesgo de pérdida o daño durante toda la duración del transporte principal, sin seguro contractual.
Consecuencia: si la mercancía se pierde o se daña entre el lugar de entrega y el destino, el comprador soporta la pérdida, a menos que haya contratado su propio seguro.
Recomendación: el comprador debería contratar sistemáticamente un seguro de transporte que cubra como mínimo el trayecto desde el lugar de entrega. Si se desea que el vendedor contrate el seguro, utilizar CIP en lugar de CPT.
Obligaciones detalladas del vendedor (A1-A10)
Artículo A1Obligaciones generales
El vendedor debe proporcionar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda requerir el contrato.
Todo documento a facilitar por el vendedor puede ser en papel o en formato electrónico, según lo acordado o, en su defecto, según los usos.
Artículo A2Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola en poder del transportista contratado de conformidad con A4, o procurándose mercancías así entregadas. En ambos casos, el vendedor debe entregar la mercancía en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.
Artículo A3Transferencia de riesgos
El vendedor soporta todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta que haya sido entregada de conformidad con A2, salvo pérdidas o daños en las circunstancias descritas en B3.
Artículo A4Transporte
El vendedor debe celebrar o procurarse un contrato de transporte de la mercancía desde el punto de entrega convenido, en su caso, en el lugar de entrega hasta el lugar de destino convenido o, si así se acuerda, cualquier punto en dicho lugar.
El contrato de transporte debe celebrarse en las condiciones habituales, a cargo del vendedor, y debe prever el transporte por la ruta habitual y de la manera usual para el tipo de mercancía vendida. Si no se ha convenido un punto específico o no lo determinan los usos, el vendedor puede elegir el punto de entrega y el punto en el lugar de destino que mejor le convengan.
El vendedor debe cumplir con toda exigencia de seguridad relacionada con el transporte hasta el destino.
Artículo A5Seguro
El vendedor no tiene obligación alguna frente al comprador de celebrar un contrato de seguro. No obstante, el vendedor debe facilitar al comprador, a petición, riesgo y cuenta de este, la información que posea y que el comprador necesite para obtener un seguro.
Artículo A6Documento de entrega / transporte
Si es habitual o a petición del comprador, el vendedor debe facilitar al comprador, a su propia cuenta, el/los documento(s) de transporte habitual(es) para el transporte contratado de conformidad con A4.
Este documento de transporte debe cubrir las mercancías del contrato y estar fechado dentro del plazo acordado para el envío. Si así se acuerda o es habitual, el documento debe también permitir al comprador reclamar las mercancías al transportista en el lugar de destino convenido y revenderlas en tránsito mediante la transferencia del documento a un comprador posterior o mediante notificación al transportista.
Cuando dicho documento de transporte se emita en forma negociable y en varios originales, debe entregarse al comprador un juego completo de originales.
Artículo A7Despacho de exportación / importación
a) Despacho de exportación: en su caso, el vendedor debe cumplir y pagar todas las formalidades de despacho de exportación requeridas por el país de exportación, tales como:
licencia de exportación;
habilitación de seguridad para la exportación;
inspección previa al embarque;
cualquier otra autorización oficial.
b) Asistencia en el despacho de importación: en su caso, el vendedor debe asistir al comprador, a petición, riesgo y cuenta de este, en la obtención de cualquier documento y/o información relativa a las formalidades de despacho de tránsito/importación, incluidas las exigencias de seguridad y la inspección previa al embarque, necesarias en cualquier país de tránsito o en el país de importación.
Artículo A8Verificación / embalaje / marcado
El vendedor debe pagar los costes de las operaciones de verificación (calidad, medición, pesaje, recuento) necesarias para la entrega de la mercancía de conformidad con A2.
El vendedor debe, a su propia cuenta, embalar la mercancía, a menos que sea habitual en el comercio en cuestión transportar ese tipo de mercancía sin embalar. El vendedor debe embalar y marcar la mercancía de la forma apropiada para su transporte, salvo que las partes hayan acordado requisitos específicos de embalaje o marcado.
Artículo A9Reparto de costes
El vendedor debe pagar:
a) Todos los costes relativos a la mercancía hasta su entrega de conformidad con A2, salvo los que correspondan al comprador (B9).
b) El transporte y todos los demás costes resultantes de A4, incluidos los costes de carga y los costes de seguridad relacionados con el transporte.
c) Los costes de descarga en el lugar de destino convenido, pero únicamente si dichos costes corresponden al vendedor en el marco del contrato de transporte.
d) Los costes de tránsito que correspondan al vendedor en el marco del contrato de transporte.
e) Los costes de la prueba habitual proporcionada al comprador (A6) que acredite que la mercancía ha sido entregada.
f) En su caso, los derechos, impuestos y otros gastos relativos al despacho de exportación (A7a).
g) El reembolso al comprador de todos los costes relativos a la asistencia prestada para la obtención de documentos e información de conformidad con B7(a).
Artículo A10Avisos
El vendedor debe notificar al comprador que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A2.
El vendedor debe comunicar al comprador todo aviso necesario para permitirle recepcionar la mercancía.
Obligaciones detalladas del comprador (B1-B10)
Artículo B1Obligaciones generales
El comprador debe pagar el precio de la mercancía de conformidad con el contrato de compraventa.
Todo documento a facilitar por el comprador puede ser en papel o en formato electrónico, según lo acordado o, en su defecto, según los usos.
Artículo B2Recepción de la entrega
El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A2 y recepcionarla del transportista en el lugar de destino convenido o, si así se acuerda, en el punto dentro de dicho lugar.
Artículo B3Transferencia de riesgos
El comprador soporta todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento de su entrega de conformidad con A2.
Si el comprador incumple su obligación de comunicar un aviso de conformidad con B10, soporta todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la expiración del plazo acordado para la entrega, siempre que la mercancía haya sido claramente identificada como la mercancía objeto del contrato.
Artículo B4Transporte
El comprador no tiene obligación alguna frente al vendedor de celebrar un contrato de transporte.
Artículo B5Seguro
El comprador no tiene obligación alguna frente al vendedor de celebrar un contrato de seguro.
Artículo B6Documento de entrega / transporte
El comprador debe aceptar el documento de transporte proporcionado de conformidad con A6 si es conforme al contrato.
Artículo B7Despacho de exportación / importación
a) Asistencia en el despacho de exportación: en su caso, el comprador debe asistir al vendedor, a petición, riesgo y cuenta del vendedor, en la obtención de cualquier documento y/o información relativa a las formalidades de despacho de exportación, incluidas las exigencias de seguridad y la inspección previa al embarque, necesarias en el país de exportación.
b) Despacho de importación: en su caso, el comprador debe cumplir y pagar todas las formalidades requeridas por cualquier país de tránsito y el país de importación, tales como:
licencia de importación y cualquier licencia necesaria para el tránsito;
habilitación de seguridad para la importación y cualquier tránsito;
inspección previa al embarque;
cualquier otra autorización oficial.
Artículo B8Verificación / embalaje / marcado
El comprador no tiene obligación alguna frente al vendedor.
Artículo B9Reparto de costes
El comprador debe pagar:
a) Todos los costes relativos a la mercancía desde su entrega de conformidad con A2, salvo los que correspondan al vendedor (A9).
b) Los costes de tránsito, salvo que dichos costes correspondieran al vendedor en el marco del contrato de transporte.
c) Los costes de descarga, salvo que dichos costes correspondieran al vendedor en el marco del contrato de transporte.
d) El reembolso al vendedor de todos los costes relativos a la asistencia prestada para la obtención de documentos e información de conformidad con A5 y A7(b).
e) En su caso, los derechos, impuestos y otros gastos relativos al tránsito o al despacho de importación (B7b).
f) Cualquier coste adicional incurrido si incumple su obligación de comunicar un aviso de conformidad con B10, desde la fecha acordada o desde la expiración del plazo acordado para el envío, siempre que la mercancía haya sido claramente identificada como la mercancía objeto del contrato.
Artículo B10Avisos
El comprador debe, siempre que se acuerde que tiene derecho a determinar el momento del envío y/o el punto de recepción de la mercancía en el lugar de destino convenido, comunicar al vendedor un aviso con suficiente antelación.
Comparación CPT vs CIP
Critère
CPT
CIP
Seguro
Ninguna obligación
Vendedor contrata (Cláusulas A - todo riesgo)
Transporte
Vendedor organiza y paga
Vendedor organiza y paga
Transferencia de riesgos
Al primer transportista
Al primer transportista
Coste para el vendedor
Transporte + exportación
Transporte + exportación + seguro
Protección del comprador
Debe contratar su propio seguro
Cubierto por el seguro del vendedor
Critère
CPT
FCA
Transporte principal
Vendedor organiza y paga
Comprador organiza y paga
Transferencia de riesgos
Al primer transportista
Al transportista en el lugar convenido
Contrato de transporte
Por el vendedor
Por el comprador
Lugar de destino
Vendedor paga hasta destino
Comprador paga desde la entrega
Control logístico
Vendedor controla el transporte
Comprador controla el transporte
Impacto en el valor en aduana
El Incoterm CPT pertenece al grupo CPT. Este grupo determina qué ajustes (AK/BA) se aplican al precio facturado para calcular el valor en aduana.
Transporte multimodal: ideal cuando el vendedor organiza el transporte principal (contenedor, flete aéreo, etc.).
Cuando el vendedor tiene mejores condiciones de transporte: el vendedor puede obtener tarifas de flete más ventajosas gracias a su volumen de envíos.
Cuando el comprador quiere simplificar: el comprador no tiene que organizar el transporte principal, le basta con recepcionar en destino.
Alternativa al CFR para el transporte no marítimo: CPT es el equivalente «todos los modos» del CFR.
Cuándo evitar CPT
Si el comprador desea un seguro contratado por el vendedor: utilizar CIP.
Si el comprador quiere controlar el transporte: utilizar FCA.
En transporte marítimo puro: considerar CFR para mayor claridad.
Si el comprador no es consciente de la disociación riesgos/costes: riesgo de malentendido sobre la cobertura durante el transporte.
Cláusulas contractuales recomendadas
Dos lugares distintos: especificar claramente el lugar de entrega (transferencia de riesgos) y el lugar de destino (fin de los costes del vendedor).
Seguro: el comprador debería contratar sistemáticamente un seguro de transporte entre el lugar de entrega y el destino.
Transportista: definir los criterios de selección del transportista (calidad, plazos, itinerario).
Descarga: aclarar si los costes de descarga en destino están incluidos en el contrato de transporte del vendedor.
Punto preciso de destino: identificar el punto exacto en el lugar de destino para evitar cualquier ambigüedad sobre el alcance de los costes del vendedor.
Análisis por perfil
Ventajas
Obligations limitées. L'acheteur n'est pas en charge des sujets de logistique liés au transport.
Inconvenientes
L'acheteur ne choisit pas les prestataires de transport mais supporte les risques une fois les marchandises placées sur le premier moyen de transport.
Recomendaciones
Attention, il convient de distinguer précisément le lieu de livraison (= transfert des risques) du lieu de destination (= répartition des coûts).
Si l'acheteur est le plus à même de réaliser le transport international, il conviendra de choisir un autre incoterm.
Assurance transport principal conseillée.
Importante : Se recomienda un seguro de transporte para este Incoterm.
Análisis comparativo (radar)
CPT
Comparar con
Errores frecuentes
1
Confundir el lugar de entrega (transferencia de riesgos) con el lugar de destino (fin de los costes del vendedor), creyendo que el vendedor es responsable hasta el destino.
2
No contratar un seguro de transporte cuando el comprador soporta los riesgos desde la entrega al primer transportista.
3
No especificar con precisión los dos lugares (entrega y destino), dejando que el vendedor elija los puntos que más le convengan.
4
Confundir CPT con CIP, olvidando que CPT no incluye ninguna obligación de seguro para el vendedor.
5
No aclarar el reparto de los costes de descarga en destino, fuente frecuente de litigios.