Regla de tolerancia
Disposición que permite incorporar un porcentaje limitado de materias no originarias sin cumplir el criterio de transformación suficiente, facilitando así la producción industrial.
Definición y principio
La regla de tolerancia (o regla de minimis) es una disposición de flexibilidad presente en la mayoría de los acuerdos de libre comercio y regulaciones sobre el origen. Autoriza el uso de un porcentaje limitado de materias no originarias que no satisfacen el criterio de transformación suficiente, sin perder el carácter originario del producto terminado.
Marco jurídico
Para el origen preferencial de la UE, la tolerancia se fija generalmente en el 10 % del precio franco fábrica del producto terminado para los productos industriales y en el 15 % del peso para los productos agrícolas (capítulos 1 a 24 del SA). Los protocolos de origen de cada acuerdo precisan los umbrales aplicables. El artículo 33 del Reglamento Delegado 2015/2446 trata la tolerancia para el origen no preferencial. El acuerdo UE-Reino Unido (TCA) prevé una tolerancia del 10 % del precio franco fábrica.
Aplicación práctica
- La tolerancia se aplica a las materias no originarias que no cumplen el criterio de cambio de clasificación arancelaria o de elaboración específica
- No se aplica para superar un umbral de valor máximo de materias no originarias cuando el criterio aplicable es un criterio de valor añadido
- Cada materia no originaria tolerada se evalúa individualmente respecto al umbral
- En ciertos acuerdos, existen excepciones sectoriales (textiles con reglas por peso, química con reglas específicas)
Errores frecuentes
- Aplicar la tolerancia a un criterio de valor añadido: la tolerancia no permite superar el porcentaje máximo de materias no originarias fijado por un criterio ad valorem
- Acumular tolerancia y acumulación de origen de manera incorrecta
- No documentar con precisión el recurso a la tolerancia en el cálculo de origen